Actualizado
El TJUE obliga a Apple a devolver más de 13.000 millones y multa a Google con 2.400 millones
El tribunal avala ambas sentencias ante las que no cabe recurso
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha confirmado la obligación de Apple de devolver más de 13.000 millones de euros -más intereses– en ayudas fiscales ilegales de las que se benefició durante años mediante por el régimen especial que le ofreció Irlanda, una sanción dictada por Bruselas hace casi una década pero que tanto Dublín como la multinacional tecnológica habían recurrido ante la Justicia europea.
De este modo, la sentencia de hoy, ante la que no cabe recurso, anula un primer fallo en primera instancia dictado por el Tribunal General de la UE en 2020 en el que se concluyó que los servicios comunitarios no habían demostrado suficientemente la existencia de una ventaja selectiva a favor de esas sociedades, informa Europa Press.
El caso se remonta a 2016, cuando el Ejecutivo comunitario concluyó que Irlanda había concedido un trato de favor a la multinacional que le permitió pagar «sustancialmente menos impuestos» que otras empresas gracias a una «ventaja selectiva» prohibida por las reglas europeas de competencia.
En particular, se refiere a dos resoluciones fiscales de la agencia tributaria irlandesa de 1991 y 2007 a favor de Apple Sales International y Apple Operations Europe que avalaban los métodos empleados para que ambas asignasen beneficios a sus respectivas sucursales irlandesas.
Estas resoluciones estuvieron vigentes entre 1991 y 2014, pero la Comisión Europea solo pudo ordenar la recuperación del dinero no pagado durante un periodo de diez años anterior a la primera solicitud de información, que se remonta a 2013.
Según sus cálculos, ascendieron a 13.000 millones de euros desde 2003 más intereses. Irlanda tiene bloqueados en un fondo los 14.300 millones depositados por Apple en 2018 (13.100 millones no pagados en impuestos y 1.200 millones en intereses).
Sanción de 2.400 millones a Google
El tribunal también ha avalado en una sentencia ante la que no cabe recurso la decisión de Bruselas de imponer una multa de 2.400 millones de euros a Google por abuso de posición dominante al favorecer a su propio servicio de comparación de productos frente a los de sus competidores.
El caso arrancó en 2017, cuando la Comisión Europea sancionó a la compañía estadounidense al concluir que se sirvió de su posición dominante en el mercado de los servicios de búsqueda general como palanca para presentar de manera preferente los resultados de su herramienta.
Bruselas consideró que esto tuvo como consecuencia que los usuarios hiciesen ‘click’ más a menudo en los resultados de los servicios de comparación de productos de Google que en los de sus competidores, por lo que el desvío del tráfico de datos de la página de resultados generales de Google no se debía a una mejor calidad de su servicio sino al «autofavoritismo».
Como resultado de esta investigación, la Comisión impuso una multa de 2.400 millones de euros, de la que Alphabet, en su condición de socio único de Google, respondió solidariamente por un importe de 523.518.000 euros. Las dos firmas recurrieron el asunto ante la Justicia europea, que ya dio la razón a Bruselas en primera instancia y que ahora confirma en este recurso de casación.
En la sentencia del Tribunal con sede en Luxemburgo recuerda que el Derecho comunitario no prohíbe la existencia en sí misma de una posición dominante, sino únicamente su explotación abusiva, pero añade que la investigación llevada a cabo por el Ejecutivo comunitario demostró que en este caso el comportamiento de Google fue discriminatorio y no correspondía a la competencia basada en los méritos.