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La Justicia sentencia que FIFA y UEFA han abusado de una posiciĆ³n de dominio con la Superliga
El fallo de un juzgado de Madrid da parcialmente la razĆ³n al presidente del Real Madrid Florentino PĆ©rez, uno de los principales impulsores de la Superliga
La jueza del Juzgado de lo Mercantil NĆŗmero 17 de Madrid ha dictaminado que UEFA y FIFA han abusado de su posiciĆ³n de dominio al arrogarse el poder de prohibir la participaciĆ³n en competiciones alternativas.
MĆ”s precisamente, la magistrada SofĆa Gil GarcĆa acusa a estas organizaciones internacionales de estĆ”r Ā«impidiendo la libre competencia en el mercado, imponiendo restricciones injustificadas y desproporcionadasĀ», recoge la sentencia a la que ha tenido acceso EconomĆa Digital; donde se puntualiza que han cometido infracciones de los artĆculos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la UniĆ³n Europea (TFUE).
Esto supone una respuesta parcial a la demanda de la European Super League Company S.L. (ESLC), dueƱa de la ‘Superliga’ de fĆŗtbol, presentada por el presidente del Real Madrid, Florentino PĆ©rez.
Sin embargo, la sentencia no es firme, tanto la FIFA como UEFA pueden Ā«interponer recursos de apelaciĆ³n en veinte dĆasĀ».
Paralizar las acciones contra la competencia
En su fallo, el juzgado ordena a UEFA y FIFA cesar en las conductas anticompetitivas sancionadas y les prohĆbe volver a realizarlas en el futuro.
AdemĆ”s, condena a estas instituciones a Ā«remover inmediatamente todos los efectos de las actuaciones anticompetitivasĀ» que hayan realizado antes o durante el proceso legal iniciado por el titular del Real Madrid.
Este procedimiento se iniciĆ³ el 18 de abril de 2021, cuando la ESLC anunciĆ³ el lanzamiento de un nuevo proyecto de competiciĆ³n de fĆŗtbol profesional llamado ‘Superliga’ y tomĆ³ medidas legales en defensa de la competencia en respuesta a las acciones de estas instituciones.
Coincidencia con el TJUE
Cabe puntualizar que la sentencia del tribunal madrileƱo se encuadra con el fallo del Tribunal de Justicia de la UniĆ³n Europea, al cual el mismo tribunal remitiĆ³ una cuestiĆ³n preliminar antes de la vista.
En este sentido, la magistrada espaƱola coincide en que los artĆculos 22, 70, 71, 72 y 73 de los Estatutos FIFA, el artĆculo 6 del Reglamento FIFA Partidos Internacionales, asĆ como los artĆculos 49 y 51 de los Estatutos UEFA, son incompatibles con los artĆculos 101 y 102 del TFUE sobre el marco legal y jurisprudencial del mercado de la competencia en la UniĆ³n Europea.
Para el tribunal, estos artĆculos del TFUE tambiĆ©n son infringidos por las declaraciones de FIFA, UEFA y otras entidades, āincluyendo federaciones y ligas de Inglaterra, Italia y EspaƱa, algunos de cuyos clubes formaban parte del proyecto, el 18 de abril de 2021, en relaciĆ³n con el proyecto de competiciĆ³n internacional paneuropeaā, explicĆ³ el TSJ.
La razĆ³n a European Super League Company
La sentencia favorece la solicitud de la ESLC (una sociedad de derecho privado con sede en EspaƱa) argumentando que la acciĆ³n de las demandadas (UEFA y FIFA) no solo buscaba āevitar el desarrollo de un proyecto especĆfico, sino tambiĆ©n evitar la entrada de un competidor tercero y modificar el sistema monopolĆstico de la organizaciĆ³n de competicionesā.
AdemĆ”s, destaca que se mantuvo la misma defensa a lo largo del proceso, a pesar de āque el proyecto de la Superliga haya decaĆdo o al menos se ha aceptado que no se va a desarrollar en los tĆ©rminos inicialmente planteadosā.
El fallo indica que ālos actos iniciales conectaban a la oposiciĆ³n de modificaciĆ³n del sistema de autorizaciĆ³n de competiciones de terceros competidoresā.
Los cambios en el proyecto
Los Ćŗnicos clubes que permanecen del proyecto original son Real Madrid, FC Barcelona y Oporto.
Aunque inicialmente se planeaba como una competiciĆ³n cerrada para 20 clubes, con equipos fundadores, invitados y otros clasificados anualmente, luego se presentĆ³ como una competiciĆ³n abierta con 64 participantes, ascensos y descensos, ademĆ”s de un torneo femenino para 32 clubes.
La sentencia seƱala que, dado que la Superliga en sus tĆ©rminos iniciales ya ha sido descartada por sus impulsores, los reclamos relacionados con ella tambiĆ©n ādeben igualmente recaerā.