El Real Madrid pierde ante la prensa: la sanción a ‘Le Monde’ por publicar vínculos con el dopaje fue irrazonable

El diario Le Monde fue sancionado por la Justicia española con 390.000 euros por publicar vínculos entre el Real Madrid y el doctor Fuentes.

Florentino Pérez, presidente del Real Madrid

Florentino Pérez, presidente del Real Madrid. EFE/ Fernando Alvarado

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El Real Madrid pierde ante la libertad de prensa.

La Justicia europea se inclina por rechazar la sanción, de 390.000 euros, con los que la Justicia española sancionó a Le Monde por publicar, en 2006, que había vínculos entre el Real Madrid y el doctor Fuentes, promotor de una red de dopaje en ciclismo.

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE ha comunicado hoy jueves sobre el asunto que «el riesgo de un efecto disuasorio que transcienda la situación de la persona directamente afectada justifica que se deniegue el reconocimiento y la ejecución por constituir una vulneración manifiesta y desproporcionada de la libertad de prensa en el Estado miembro que se trate».

Hace casi diez años, el periódico francés Le Monde y uno de sus periodistas fueron condenados en España por haber publicado, en 2006, el controvertido artículo.

Al considerar que la información era difamatoria y lesionaba la reputación del club, la Justicia española sancionó con 390.000 euros a la sociedad editora de Le Monde y con 33.000 euros a esta última y su periodista solidariamente.

El Real Madrid solicitó la ejecución de estas resoluciones españolas en Francia, pero, en 2020, el Tribunal de Apelación de París, Francia, denegó la solicitud aplicando la cláusula de orden público.

Según este Tribunal, ejecutar esta condena tendría para los periodistas y los medios de comunicación un efecto disuasorio en su participación en el debate público sobre asuntos de interés general, en violación de la libertad de prensa y la libertad de expresión.

El Tribunal de Casación francés consultó al Tribunal de Justicia si, en el ordenamiento jurídico de la Unión, la libertad de prensa garantizada por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea constituye un principio fundamental cuya vulneración puede justificar que se aplique la cláusula de orden público.

En sus conclusiones comunicadas hoy, el Primer Abogado General Maciej Szpunar considera que un Estado miembro en el que se solicita la ejecución de una resolución como la que afecta a Le Monde y el Real Madrid «debe denegarla o revocarla cuando de lugar a una vulneración manifiesta de la libertad de expresión«.

La cuantía total que una persona física haya de abonar «debe considerarse manifiestamente irrazonable cuando tendría que penar durante años para pagarla íntegramente o cuando corresponde a varias decenas de veces el salario mínimo en el Estado miembro de que se trate». En el caso de una persona jurídica, la cuantía de la indemnización por daños y perjuicios impuesta a un medio de comunicación no debe amenazar su equilibrio financiero.

«La libertad de prensa constituye un principio esencial del ordenamiento jurídico de la Unión cuya vulneración manifiesta puede constituir un motivo de denegación del exequatur», estima el Abogado General.

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