ING financiará el 100% de la hipoteca a estos clientes
El banco holandés lanza una nueva iniciativa dirigida a las personas que quieren convertirse en propietarias de una vivienda
El acceso a la vivienda supone una problemática para numerosos colectivos que, ante un escenario marcado por los elevados precios de las viviendas disponibles en el mercado del alquiler y los bajos salarios, ni siquiera sopesan la idea de convertirse en propietarios de un inmueble o solicitar una hipoteca a un banco, como ING, Banco Santander o Caixabank.
Teniendo en cuenta que los jóvenes son uno de los colectivos más afectados por la crisis de la vivienda, desde las administraciones públicas se impulsan distintas acciones para contribuir a paliar esta situación. No obstante, desde el sector privado también se ponen en marcha algunas iniciativas, como la que ha lanzado la entidad financiera holandesa.
Lograr una hipoteca al 100%
El banco ha ampliado su oferta de financiación hipotecaria y opta por conceder el 100% del importe de este tipo de créditos para adquirir vivienda a los jóvenes que tengan una edad inferior a 35 años. Según ha desgranado la entidad financiera, el máximo a financiar serán 400.000 euros y el plazo no podrá superar los 30 años.
Un factor a tener en cuenta es que los tipos de interés ofertados contarán con una rebaja del 0,10% adicional para los inmuebles que dispongan de un certificado energético A o B, mientras que en el caso de las viviendas con certificado energético C el recorte será del 0,05%.
Los clientes que contraten la hipoteca, un proceso que habrán de llevar a cabo a través de internet, no habrán de pagar gastos de notaría, gestoría o registro por parte de la entidad financiera, ni tampoco se verán en la obligación de desembolsar comisiones de apertura por cambio de condiciones o subrogación.
Programa ‘Mi primera vivienda’
La entidad financiera ha recordado que está adherida al programa ‘Mi Primera Vivienda’ de la Comunidad de Madrid. Según los datos que maneja la comunidad autónoma, el banco ha financiado una de cada tres hipotecas adheridas al programa, que facilita el acceso a una hipoteca en la que la financiación pueda ser superior al 80% del valor del inmueble, si bien puede alcanzar hasta el 100%.
Para poder acceder a la financiación, las personas interesadas no pueden ser propietarias de una vivienda y han de residir legalmente en la comunidad autónoma de forma continuada e ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud. Además, será indispensable que cumplan alguno de los requisitos que figuran a continuación:
- Ser mayor de edad y no superar los 40 años de edad.
- Ser familia numerosa o monoparental, sin límite de edad, de los solicitantes.
- Cualquier persona por nacimiento o adopción de un hijo en el año natural de la convocatoria y durante la vigencia del convenio correspondiente, sin límite de edad de los solicitantes.
La vivienda que se quiera comprar habrá de estar situada en la Comunidad de Madrid, destinarse a vivienda habitual y permanente y tener un precio inferior a 390.000 euros. Las personas interesadas en hacerse con la vivienda habrán de presentar ente el banco adherido la solicitud y la siguiente documentación:
- Documento acreditativo de la identidad o tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en territorio español.
- Certificado o volante del padrón municipal en el que conste el empadronamiento y la antigüedad del mismo.
- Certificado negativo catastral y nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de las personas adquirentes de la vivienda por el que quede constancia de que cumplen el requisito de no tener en propiedad algún inmueble destinado a vivienda.
- Contrato de arras o preacuerdo que acredite el compromiso de compraventa del inmueble.
- Declaración responsable por parte de la persona interesada en la que se manifieste su compromiso de que la vivienda se va a destinar a domicilio habitual y permanente al menos durante dos años desde la adquisición de la vivienda.
- Acreditación de la condición de familia numerosa o monoparental, o de haber tenido un hijo por nacimiento o adopción en el año natural de la convocatoria y durante la vigencia del convenio.