El TSJA señala a Hacienda en la crisis del Recre y dice que la expropiación fue «desproporcionada»

Hacienda no perdonó al Recreativo un mes de impago en una deuda tributaria y estranguló financieramente al club.

Jesús Vázquez, actual presidente del Recreativo de Huelva. Real Club Recreativo de Huelva.

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

La Justicia andaluza señala a Hacienda, y su empecinamiento por cobrarse de una tacada una deuda millonaria del Real Club Recreativo de Huelva, en la crisis del equipo andaluz, y afirma que la expropiación del club decidida por parte del Ayuntamiento de la ciudad fue una medida desproporcionada e irregular: fue una chapuza.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso Administrativo, sección cuarta, ha dictado sentencia sobre el recurso planteado por la empresa que fue dueña del Recreativo de Huelva, Gildoy España, de Pablo Comas, contra la expropiación del club impuesta por el Ayuntamiento de la ciudad en junio de 2016.

La sentencia, a la que ha accedido este diario, firmada el 24 de enero, acuerda anular la expropiación, lo que derivaría en que el empresario madrileño Pablo Comas recupere la propiedad y la presidencia del Recreativo de Huelva, que celebra su 135 aniversario este año.

El Ayuntamiento de Huelva, a través del primer teniente de alcalde y portavoz, Felipe Arias, anunció el viernes la intención de recurrir el fallo al Tribunal Supremo, criticando también al equipo de Gobierno onubense liderado por Gabriel Cruz (PSOE), que decidió expropiar el club.

En su sentencia, el TSJA señala a Hacienda. La Agencia Tributaria no perdonó al Recreativo un impago mensual de una deuda tributaria, y estranguló económicamente al club. La triste historia del Decano del fútbol español en los últimos siete años pudiera haber sido otra si Hacienda no se hubiera obcecado con la deuda del Recreativo.

En 2012, Pablo Comas, a través de la sociedad Gildoy España, se hizo con el 76% de las acciones del Recreativo, alcanzando un convenio de pago con los acreedores del club, que había sido declarado en concurso de acreedores en 2010.

El convenio aprobado contemplaba una quita de la deuda del 50% y una espera de ocho años con acreedores a los que se debía cinco millones de euros.

El club mantenía también créditos privilegiados con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Agencia Estatal de Administración Tributaria por importe de 8,6 millones de euros y, en enero de 2013, le fue concedido aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas tributarias.

La decisión de expropiar un bien es «la medida de intervención más gravosa y definitiva», advierte el TSJA

Sin embargo, en febrero de 2014, el club, que ya había devuelto 1,9 millones, tuvo dificultades de tesorería y, tras el impago de una mensualidad, la AEAT canceló el acuerdo de aplazamiento de pago de las deudas tributarias, lo que derivó en falta de liquidez para pagar a los trabajadores y la total paralización económica.

Hacienda se negó a acordar un nuevo plan de pagos, decisión que fue objeto de queja ante el Defensor del Pueblo. Pablo Comas trató de maniobrar entonces para evitar de nuevo la entrada en concurso de acreedores, buscando nueva financiación e impulsando que el Recreativo fuera declarado Bien de Interés Cultural.

Pero en 2016 la situación económica del equipo era de quiebra, y el Ayuntamiento de la ciudad decidió expropiar el club aprovechando que este había sido declarado BIC.

«Revisando la declaración de hechos de la sentencia», dice ahora el TSJA, «esta sala estima que la causa de la precipitada insostenibilidad económica fue la actuación de la AEAT de no permitir el pago fraccionado ante el impago de una mensualidad por dificultades transitorias de tesorería, procediendo a la exigencia de toda la deuda», algo que suponía «la inviabilidad económica del club de fútbol profesional».

Expropiación desproporcionada

La sentencia es crítica también con la decisión tomada por el Ayuntamiento de Huelva de expropiar el club, por desproporcionada, y porque el hecho de que una Administración pública gestione un equipo de fútbol debería ser incompatible con sus atribuciones.

Antes que expropiar el club, explica la sentencia del TSJA, el Ayuntamiento podría haber impuesto un Plan de ajuste, o aprobar una subvención como medida cautelar urgente, o apoyar al club «en sus reiteradas solicitudes a la AEAT de rehabilitar el plan de pagos ofreciendo algún tipo de garantía».

El Interventor advirtió con motivo de la expropiación que la situación financiera del Ayuntamiento era incompatible con la medida

El tribunal estima «desproporcionado» acudir directamente a la expropiación «sin orden de adoptar plan de ajuste concreto alguno que posibilitara la viabilidad del club».

El Ayuntamiento acudió directamente a la expropiación «sin requerimiento previo de actuación concreta, sin que conste orden de ejecución de actuación concreta para la conservación del BIC, sin haber agotado la ejecución forzosa (…)», dice en su sentencia el TSJA. «Máxime», añade, «cuando no se trataba de una medida cautelar urgente puntual, sino la medida de intervención más gravosa y definitiva, la expropiación».

La «excusa», indica la sentencia, de la intención declarada por parte del Ayuntamiento de devolver las acciones del Recreativo al mercado, no tiene sentido «cuando a día de hoy no se ha hecho y se ha optado por contratar la gestión del club por un tercero«.

El TSJA recuerda que el informe del Interventor emitido con motivo de la expropiación puso de manifiesto «que la situación financiera del Ayuntamiento era incompatible con la expropiación». Y que el mismo señalaba como una «competencia impropia» que el Ayuntamiento gestionara un club profesional de fútbol.

De todo lo expuesto, concluye la sala del TSJA, «no queda acreditada la justa causa de expropiación«, al no haberse tampoco concretado «qué medida de protección» debía haber tomado Pablo Comas y que «no se constató el incumplimiento de obligaciones esenciales de conservación del club».

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Deja una respuesta