El Supremo admite el recurso de Consujoya contra Tous
La asociación de consumidores de origen cordobés aspira a reabrir el caso después de que la Audiencia Nacional le diera carpetazo al no apreciar delito
El ‘caso Tous’ puede no haber dicho todavía su última palabra. Las denuncias contra la joyera por vender artículos de inferior calidad a la anunciada saltan al Tribunal Supremo. La Fiscalía renunció a elevar el caso, pero el Supremo sí admitió a trámite el recurso al archivo de la causa presentado por la asociación de consumidores de origen cordobés Consujoya. La acusación: presunto delito de publicidad engañosa, estafa continuada y falsedad en documento por culpa de los productos elaborados bajo la técnica del electroforming.
Economía Digital tuvo acceso al recurso presentado por la organización en el que se lamenta que el auto emitido por el magistrado Santiago Pedraz, de la Audiencia Nacional, sobrepasa sus competencias. «Es como si derogase la ley y el reglamento de metales preciosos», critica. Según el artículo 39 de dicho texto –al que se agarra Consujoya–, «la composición de los objetos será la misma para todas las partes del objeto con la excepción, en su caso, de las soldaduras». No admiten la presencia de un núcleo no metálico en el interior de las joyas.
El mismo recurso se queja de que «no se puede exonerar del cumplimiento de la ley a Tous porque haya declarado –sin pruebas– que la técnica del electroforming es posterior a la legislación, aprobada en 1988». «La técnica no es posterior, sino muy anterior, como consta en la investigación», añade. En una nota de prensa enviada a mitades de enero, la empresa explicaba que la técnica se utilizaba «desde hace más de 25 años», sin precisar exactamente el origen.
Consujoya también lamenta que no se haya tomado declaración a los expertos consultados durante toda la investigación. Y lanza una pregunta irónica: «¿Es sospechosa de subjetividad o complot contra las empresas investigadas la Guardia Civil o la Fiscalía?».
Consultada por este medio, una portavoz de Tous puntualizó: “La Audiencia Nacional ya se ha pronunciado archivando el caso. Estamos muy tranquilos porque sabemos que siempre hemos hecho las cosas bien y cumpliendo con la legalidad”. “No es posible cumplir 100 años sin honestidad, esfuerzo y trabajo bien hecho”, celebró la firma cuando conoció el archivo de la causa.
El texto del juez Pedraz no pone en duda que las joyas estén rellenas, pero sí discute que exista un engaño al consumidor ya que, según él, sí están fabricadas de acuerdo a la Ley de metales preciosos. «Las piezas discutidas estarían amparadas por la ley y así considerarse como de metal precioso», sostiene. Además, recuerda que Tous en ningún momento comercializa la pieza como de oro o plata macizos. «Ni consta que el consumidor compre la pieza pesando que es maciza y así se lo haya hecho saber el vendedor», zanja.
Además, el magistrado también descartó los delitos de publicidad engañosa y falsedad documental cometidos por Applus, el certificador de las joyas de la empresa. Pedraz defiende que la resolución se ajusta al reglamento de metales preciosos y que no consta que haya habido ningún tipo de soborno para que se validaran las joyas.
Como explicó este medio, los datos recaudados por la Guardia Civil de Córdoba revelan que la filial de Applus que se encarga del certificado de metales preciosos inspeccionó 4,538 millones de joyas a lo largo del 2018. Pues bien, de ellas, 4,536 millones llevaban el sello de la marca Tous. Por este motivo, fuentes inmersas en el procedimiento ponían en duda la «imparcialidad» de los laboratorios ante la dependencia tan grande de una sola empresa, pues era la responsable del 99,95% de su actividad.
A pesar de admitir el recurso, parece complicado que el Tribunal Supremo enmiende la plana a la Audiencia Nacional. Tras el rechazo del anterior tribunal, desde Tous celebraban el archivo de la denuncia. El auto judicial redactado por el juez Santiago Pedraz descartaba “cualquier posible ilegalidad en la comercialización de sus joyas de oro y plata”. Como avanzó este medio, la firma que preside Alba Tous advierte a sus clientes que “los artículos fabricados mediante el proceso de electroforming pueden contener un núcleo no metálico con la finalidad de conferir estabilidad” en un certificado cada vez que compran una de sus piezas.
“Dependiendo del tamaño, la forma y el metal precioso empleado, tal y como se prevé en la legislación, la joya podrá incorporar núcleos no metálicos que ayuden a conferir estabilidad a la pieza, manteniéndose siempre la primera ley”, sostenía. “Tous comercializa diseños de joyería realizada con metales preciosos, pero en ningún caso se dedica a la venta de estos metales a peso”. Así, ellos mismos admiten en un comunicado la existencia de otros materiales en sus artículos.
Desde la empresa no dudaron en señalar en repetidas los intereses “espurios” de la acusación de Consujoya, algo que desde la asociación trataban de contestar escudándose en que la Fiscalía defendía los mismos delitos. De hecho, en la vista celebrada la pasada semana, los abogados de Uría Menéndez que representaban a Tous aseguraron que a la abogada de la agrupación, Magdalena Entrenas, la movía un interés personal contra la empresa.
Sin embargo, desde Consujoya rechazan siempre la existencia de una mano negra detrás de la asociación. «El procedimiento se financia con la aportación de los socios y el despacho de abogados», dicen. Además, rechazan vincular el historial judicial de los joyeros cordobeses con el de su organización. «Consujoya es una asociación a nivel nacional, no una agrupación de joyeros cordobesa», aseguraba Rafael Valenzuela, expresidente de la organización, en enero.