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Ni 63 ni 65: esta es la edad a la que se podrán jubilar los trabajadores de Correos
La empresa pública y los sindicatos firman un acuerdo que tiene entre sus objetivos "rejuvenecer" su plantilla
Correos y Comisiones Obreras (CCOO), representantes de la mayoría sindical en la empresa pública, han firmado recientemente un acuerdo que recoge las principales líneas de actuación para renovar su convenio colectivo.
Se trata de un acuerdo marco de líneas básicas para el nuevo Marco Laboral y Plan de personas, que tiene por objetivo establecer un nuevo marco en el que «se alineen los intereses de la plantilla por un empleo de calidad con las necesidades de flexibilidad y productividad de
un nuevo modelo de negocio de Correos más diversificado y competitivo», tal como ha descrito la compañía en el comunicado del pacto.
En unos momentos en el que la empresa postal, con más de 50.000 personas empleadas, viene registrando pérdidas millonarias año tras año, el nuevo acuerdo busca «la recuperación, reposicionamiento y transformación de Correos«. Entre los principales compromisos adquiridos, se incluye la implementación progresiva de la jornada de 35 horas semanales.
Asimismo, con el Plan de Personas, la voluntad es «rejuvenecer» la plantilla de la compañía. Así, el pacto propone un plan de salidas voluntarias entre 2025 y 2028 para los trabajadores más mayores de Correos.
Una propuesta, pero, que está pendiente de definir detalladamente en la primera fase de negociación de la propuesta, que finalizará el próximo 15 de marzo.
Plan de Salidas Voluntarias en Correos
Según el documento publicado CGT Correos, el acuerdo establece un plan de salidas voluntarias para el personal laboral fijo que tenga al menos 61 años. De esta manera, estas personas podrían retirarse antes de la edad legal de jubilación con una serie de ventajas.
Las condiciones varían en función de la edad del personal:
Entre 61 y 63 años
Para las personas entre 61 y 63 años con contrato laboral fijo, el acuerdo propone extinguir el contrato de trabajo y, si se cumplen los requisitos de edad y años de cotización, la persona tendría las siguientes condiciones:
- Plan de rentas: compensación económica que garantice hasta el 80% del salario bruto anual.
- Prima de adhesión: para compensar el efecto del IRPF sobre la compensación económica, hasta cumplir los 63 años.
- Convenio especial con la Seguridad Social hasta alcanzar la jubilación anticipada.
- A partir de los 63 años: pensión de jubilación de la Seguridad Social más una compensación económica adicional, equivalente al salario bruto anual, con un máximo de 50.000 euros, pagada hasta alcanzar la edad de jubilación ordinaria.
Entre 63 y 65 años
En el caso de las personas trabajadoras de Correos que tengan entre 63 y 65 años con contrato laboral fijo, el acuerdo especifica que podrán acogerse a la jubilación anticipada, cumpliendo los requisitos de edad y años de cotización.
Por lo tanto, cobrarían la pensión de jubilación según lo marcado por la Ley General de Seguridad Social, más una compensación económica adicional, equivalente al salario bruto anual –pagadero en forma anual o mensual–, con un máximo de 50.000 euros, pagada hasta alcanzar la edad de jubilación ordinaria.
Más de 65 años
Finalmente, las personas mayores de 65 años con contrato laboral fijo podrán acceder a la jubilación ordinaria si cumplen los requisitos edad y periodo de cotización. También tendrán una compensación equivalente a un año del salario bruto anual, con un máximo de 50.000 euros.
Excedencias voluntarias para el personal funcionario
Además del plan de salidas voluntarias para las personas mayores de 61 años, el acuerdo también propone un plan de excedencias voluntarias destinado al personal funcionario de Correos.
En esta línea, se estudiará un programa para facilitar la movilidad del personal funcionario a otros ministerios, diseñando las condiciones económicas para dicha movilidad.