Los consumidores de CECU denuncian a Uber por falta de transparencia en la fijaciĆ³n de precios
Los usuarios que utilizan el servicio solo reciben un precio estimado al solicitar el viaje, lo que genera incertidumbre sobre la claridad en el proceso de definiciĆ³n de las tarifas
La ConfederaciĆ³n de Consumidores y Usuarios (CECU) ha solicitado a la DirecciĆ³n General de Consumo que inicie un expediente sancionador contra Uber, la empresa proveedora de servicios de movilidad VTC, alegando que incumplen la normativa de consumo.
Desde la organizaciĆ³n exigen que la plataforma de transporte ofrezca informaciĆ³n clara y detallada, tanto a los usuarios como a las autoridades sobre cĆ³mo configura sus tarifas.
SegĆŗn la informaciĆ³n disponible en la web de Uber, la empresa utiliza un sistema de precios dinĆ”micos, lo que significa que las tarifas varĆan segĆŗn diferentes factores como la oferta, la demanda, las condiciones climĆ”ticas o eventos especiales. Sin embargo, CECU denuncia que la informaciĆ³n proporcionada es insuficiente y carece de la claridad necesaria para que los consumidores entiendan cĆ³mo se determinan esos precios.
Uno de los principales reclamos de la confederaciĆ³n es que Uber no ofrece una lista de precios de referencia ni detalla cĆ³mo influye las variables en la tarifa final. AdemĆ”s, no existe una lista de precios mĆnimos o de referencia, tampoco se especifican porcentajes, Ćndices o fĆ³rmulas que permitan verificar si los precios se estĆ”n aplicando de manera legal conforme a lo estipulado en los tĆ©rminos del servicio.
Los usuarios que solicitan el servicio solo conocen el precio estimado en el momento de solicitar el viaje, lo que deja dudas sobre la transparencia en el proceso de fijaciĆ³n de tarifas.
De hecho, la misma aplicaciĆ³n ofrece programar un viaje para el que si se conoce el origen y destino, pero no las posibles condiciones climĆ”ticas que habrĆ” para este momento, asĆ como la oferta y demanda que puede haber en ese momento.
Impacto negativo en los consumidores
CĆ©sar DĆaz, abogado de CECU, ha expresado su preocupaciĆ³n sobre la falta de transparencia en el uso de precios dinĆ”micos, cada vez mĆ”s comĆŗn en el mercado. SegĆŗn DĆaz, los consumidores desconocen los Ā«datos que utiliza cada algoritmo a la hora de ofrecernos un precio, incluso si utiliza datos personalesĀ», lo que generaĀ Ā«inseguridad e incertidumbre entre las personas consumidoras, que no saben si estĆ”n accediendo a la mejor oferta o si el algoritmo estĆ” ofreciendo precios mĆ”s elevados en base a determinada informaciĆ³n que desconocemosĀ».
Una de las claves que diferencia a las empresas VTC de otras son los precios dinĆ”micos. Consisten en ajustar las tarifas en funciĆ³n de determinadas circunstancias para maximizar las ganancias o reducir pĆ©rdidas.
Por ejemplo, los precios tienden a subir durante los fines de semana, en temporada alta como el verano o las fiestas navideƱas, mientras que se reducen fuera de temporada o en dĆas con menor demanda, para vender los Ćŗltimos productos o servicios disponibles.
Sobre este aspecto, DĆaz ha seƱalado que Ā«los precios dinĆ”micos son ya una realidad muy presente en el mercado, pero hay falta de informaciĆ³n y transparencia al respectoĀ».
Los usuarios no pueden tomar Ā«decisiones bien informadasĀ»
La ConfederaciĆ³n de Consumidores y Usuarios considera que estas prĆ”cticas violan la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, la cual exige una transparencia en la informaciĆ³n que debe proporcionarse antes de la contrataciĆ³n del servicio. SeƱalar que, cuando no es posible conocer el precio exacto de un servicio de antemano, la normativa obliga a informar claramente sobre el mĆ©todo de cĆ”lculo.
Por otro lado, CECU tambiĆ©n seƱala que la Ley de Competencia Desleal tipifica estas acciones como Ā«omisiones engaƱosasĀ», ya que la falta de claridad y la ocultaciĆ³n de informaciĆ³n clave impide que los consumidores tomen decisiones bien informadas a la hora elegir entre Uber y la competencia.
DĆaz concluye recordando que la normativa europea es contundente en este aspecto: Ā«AsĆ lo ha reiterado el Tribunal de Justicia de la UniĆ³n Europea en numerosas sentencias: debe haber una radical claridad y transparencia respecto de la informaciĆ³n y las condiciones generales de contrataciĆ³n de los bienes y servicios dirigidos a las personas consumidorasĀ»