Cómo reclamar a una aerolínea el cobro por el equipaje de mano
La legislación establece que el equipaje con un peso y dimensiones "razonables" entra dentro del precio del billete
Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea han sido multadas con 150 millones de euros por cobrar a los pasajeros el equipaje de mano, entre otras prácticas que el Ministerio de Consumo, que ha interpuesto la sanción, considera «abusivas». De momento, las aerolíneas ya han anunciado que recurrirán la multa, ante la administración, y no descartan la vía judicial. Pero, de momento, podrán mantener su política de tarifas actual.
Ante esta situación, muchos usuarios pueden preguntarse si realmente las aerolíneas pueden continuar cobrándoles el equipaje de mano y, en el caso de que lo hagan, si tienen derecho a reclamar que se les devuelva ese importe.
Qué dicen las leyes
Desde 2018, muchas de las compañías aéreas que operan en España, especialmente las de bajo coste, establecen una tarifa diferente para que el usuario pueda llevar su equipaje de mano. Además, cada empresa marca un peso y unas dimensiones diferentes para poder embarcar las bolsas o maletas.
Pero, ¿qué dicen las leyes sobre este aspecto? En España, es la Ley de Navegación Aérea, de 1960, la que establece, en su artículo 97, que el transportista «estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente del número de bultos, y volumen que fijen los Reglamentos».
Además, añade que «el exceso de peso será objeto de estipulación especial«, pero que «el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos».
Por otro lado, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, explica en su artículo 82 que «se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato».
Una sentencia Tribunal de Justicia de la Unión Europea concluyó que el equipaje de mano es un «elemento indispensable»
Esta regulación también especifica que se considerarán abusivos los «incrementos de precio por servicios accesorios, financiación, aplazamientos, recargos, indemnización o penalizaciones que no correspondan a prestaciones adicionales susceptibles de ser aceptados o rechazados en cada caso, expresados con la debida claridad o separación».
La Unión Europea pide unas reglas comunes para el equipaje de mano
En cuanto a la normativa europea, el pasado mes de setiembre, la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo aprobó por unanimidad una resolución en la que se emplaza tanto a la Comisión Europea como a los Estados miembros, que consideren el equipaje de mano un «elemento indispensable» al volar, además de pedir la armonización de las medidas y el peso de las maletas, para que todas las compañías operen bajo los mismos estándares.
Así, el objetivo es que se dé cumplimento a una sentencia de 2014 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que concluyó que el equipaje de mano debe considerarse elemento indispensable del transporte de los pasajeros y que, por lo tanto, «su transporte no puede ser objeto de un suplemento de precio las compañías», siempre que «responda a las exigencias razonables relativas a su peso y dimensiones y cumpla con los requisitos de seguridad aplicables».
Cómo reclamar el cobro por el equipaje de mano
Por lo tanto, según se refleja en estas normativas, el equipaje de mano está incluido en el billete, siempre que se adecúe a un peso y dimensiones razonables. El problema es que los límites de algunas de las aerolíneas son muy reducidos y, por lo tanto, quedan excluidas del precio del billete estándar las maletas de cabina, que se acaban pagando como un servicio aparte.
Por esa razón, las asociaciones de consumidores, como Facua, recomiendan a los usuarios que, cuando se vean obligados a abonar un importe adicional por volar con el equipaje de mano en cabina, y si este tiene las medidas estándares que marcan los usos del mercado de la aviación civil, reclamen el cobro a posteriori, en cuanto hayan realizado el vuelo:
- Reclamar la devolución directamente a la compañía aérea, a través del correo electrónico de atención del cliente o a través de su página web, adjuntando toda la documentación relativa al vuelo, como la tarjeta de embarque, los billetes y la reserva.
- Poner una denuncia ante las autoridades de consumo de las comunidades autónomas o en el Centro Europeo del Consumidor en España.
- Acudir a los tribunales e interponer una demanda. Se trata de un proceso sin coste, porque para cantidades inferiores a 2.000 euros no es obligatorio acudir con abogado ni procurador.