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La CNMV expedienta a Deutsche Bank por cometer infracciones al comercializar productos complejos
El regulador español cree que Deutsche Bank ha cometido infracciones en la comercialización de productos derivados sobre divisas
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha abierto un expediente sancionador a Deutsche Bank por cometer «infracciones muy graves» en la comercialización de productos vinculados a las divisas que son altamente complejos. El supervisor del mercado español, que ha notificado este jueves de la apertura de este expediente sancionador, justifica este movimiento por el «servicio de asesoramiento prestado a clientes españoles relacionado con instrumentos financieros derivados sobre divisas de elevada complejidad y riesgo».
El ente público considera que los movimientos que ha realizado el banco alemán pueden suponer infracciones relacionadas con la escasa transparencia que haya podido tener Deutsche Bank a la hora de informar a los clientes acerca de los riesgos de estos productos. Del mismo modo, la CNMV remarca que la práctica de la entidad germana puede significar «una infracción muy grave de la obligación de diligencia y transparencia y de actuación en el mejor interés de sus clientes».
Deutsche Bank España se ha pronunciado tras la notificación de la CNMV y comenta que «aunque no podemos comentar detalles sobre el asunto, como hemos declarado previamente, el banco está revisando y mejorando los procedimientos y controles relevantes».
Deutsche Bank ya estuvo señalada
Pese a que la CNMV ha tomado cartas en el asunto, este no es un hecho nuevo, ya que Deutsche Bank estuvo en el ojo del huracán hace menos de tres años cuando García Carrión y Palladium se vieron afectadas por una operación con derivados vinculados a divisas que supuestamente fueron fraudulentas. Ambas empresas españolas alertaron de operaciones con el banco que entrañaban una elevada dificultad.
Cabe destacar que, a principios de 2021, la entidad alemana llevó a cabo una investigación interna relacionada con estos hechos para saber si parte de la plantilla había comercializado este tipo de productos, los cuales son derivados de OTC (Over the Counter, por sus siglas en inglés) y cuentan con una elevada carga de dificultad y de riesgo.
Este hecho también lo remarca la CNVM en el escrito remitido este jueves, en el que indica que «este expediente sancionador se abre sobre hechos que también determinaron investigaciones internas llevadas a cabo por el Grupo Deutsche Bank, al que pertenece la expedientada». García Carrión y Palladium fueron dos de las empresas que se vieron afectadas por este tipo de productos. La primera de ella recibió una compensación de 10 millones de euros por parte de Deutsche Bank para evitar la demanda.
La CNMV también señala que estos problemas devinieron de la «comercialización de derivados de OTC estructurados sobre divisa, en particular a clientes españoles se han detectado posibles incumplimientos de la normativa aplicable». En esta ocasión, el regulador español se centra en «infracciones muy graves cometidas al comercializar productos derivados de divisas, en particular Target Profit Forwards y Pivot TPF«.
Los OTC, un producto de elevado riesgo
Distintas casas de análisis señalan que los productos derivados de OTC, los cuales responden a operaciones que no se realizan en una bolsa formal, son complejos y tienen un elevado riesgo. IG explica que «el carácter no regulado del trading OTC significa que existe más riesgo de que una contraparte incumpla un determinado acuerdo».
Además de ello, por la escasa información que una compañía tiene que dar a la parte que invierte, la información puede ser incierta. La casa de análisis detalla que «las compañías no tienen que suministrar tanta información como las cotizadas en bolsa, lo que significa que estas a menudo pueden decir que los valores están al alza, y no siempre es el caso».
Sea como fuere, la CNMV ha notificado este jueves de que abre un expediente sancionador a Deutsche Bank por presuntas prácticas irregulares con productos derivados de divisas. El regulador informa en el escrito de que «no prejuzga el resultado final del expediente sancionador, en el que la entidad expedientada (el banco alemán) cuenta con todos los medios que el ordenamiento jurídico le confiere para la defensa de sus derechos».