Caixabank se suma a BBVA y Banco Santander e incluirá este servicio
La entrada en vigor de una nueva normativa permitirá a las entidades financieras prestar nuevos servicios a sus clientes
Las entidades financieras amplían de forma periódica los productos que ofrecen a su red clientelar. Una clara muestra de ello es Caixabank, que ha anunciado que seguirá los pasos de BBVA y Banco Santander para comenzar a prestar un nuevo servicio.
Varios bancos prevén prestar servicios de criptoactivos tras la entrada en vigor de la ley Mica
Ante la entrada en vigor de la ley Mica, que se comenzará a aplicar antes de concluir el año, son varias las entidades financieras que han trasladado su intención de brindar servicios relacionados con criptoactivos.
Uso de criptoactivos
El Banco de España define a los criptoactivos como «representaciones digitales de valores y derechos que pueden almacenarse y transferirse electrónicamente utilizando una tecnología DLT (Distributed Ledger Technology) o con funciones análogas».
Según un informe elaborado por el supervisor bancario el año pasado, únicamente un 5% de los españoles poseen alguna criptomoneda en su cartera de productos financieros.
La ‘Encuesta de Competencias Financieras’ elaborada por la institución financiera también revelaba que los jóvenes con una edad comprendida entre los 18 y los 34 años son los que más utilizan este tipo de divisas.
Solo el 5% de los españoles poseen criptomonedas en su cartera de productos financieros
Precisamente, a ojos del BdE, uno de los factores que explican que la poca presencia de los criptoactivos en las carteras de los españoles podrían ser los bajos niveles de regulación en comparación con otros productos como las cuentas bancarias o los fondos de pensiones.
Qué es la ley Mica
La Regulación Europea de Mercados de Criptoactivos (MiCA, por sus siglas en inglés), que se aprobó el año pasado, contempla un periodo de adopción de tres años, con una fase de implementación y otra de transición, ambas de 18 meses de duración.
La Ley Mica contempla un periodo de adaptación de tres años
La norma tiene como objetivo regular el mercado de criptoactivos, por lo que establece obligaciones tanto para los emisores como para los proveedores de servicios de criptoactivos.
El reglamento, no obstante, no cubre los criptoactivos que ya regula la legislación vigente, los criptoactivos únicos y no fungibles (NFT) y la emisión de los criptoactivos generados de manera descentralizada.
Tras la entrada en vigor de la norma, los emisores de este tipo de activos habrán de ser personas jurídicas, presentar un white paper y someterse a un conjunto de normas gobierno corporativo y protección al inversor.
Con el objetivo de que los criptoactivos se conviertan en un medio de pago ampliamente aceptado, la nueva regulación también recoge algunos criterios para paliar el riesgo de liquidez.
Prestación de servicios
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) elaboró un manual para la solicitud de la autorización de proveedores de servicios de criptoactivos. También puso a disposición de las entidades financieras el modelo de notificación de la información que es necesario presentar para comenzar a ofertar este tipo de servicios.
A pesar de que las entidades no pueden recibir la autorización para prestar servicios de criptoactivos hasta el 30 de diciembre, cuando se comenzará a aplicar el reglamento, los bancos interesados pueden presentar sus solicitudes desde septiembre para facilitar y agilizar el proceso.
Tanto Caixabank como BBVA y Banco Santander están ultimando los detalles de sus plataformas para poder comenzar a ofertar criptoactivos al inicio del próximo año.