Actualizado
Un bufete online logra la exoneración de 40.000 euros de deuda de un particular en tres meses
Un juzgado mercantil de Girona exonera de pagar 40.000 euros de deuda contraÃda por un particular con empresas de préstamos personales tras reclamarlo el bufete online ideuda.com.
Reclamaciones ante los juzgados mercantiles de exoneración de deudas.
El despacho online ideuda.com ha logrado la exoneración de una deuda de 40.000 euros de un particular declarado en concurso de acreedores en algo menos de tres meses.
En un auto fechado el 1 de febrero de este año, el Juzgado Mercantil número dos de Girona acuerda la conclusión del concurso de acreedores y la exoneración de las deudas del concursado. El cliente contrató al despacho ideuda.com el 7 de noviembre.
El Juez Àxel Casadevall Portas reconoce en el auto al deudor «el derecho de la exoneración definitiva», que alcanza a todo el pasivo no satisfecho con la masa activa, y en particular a créditos que mantenÃa el concursado con administraciones públicas y con empresas de créditos personales.
El magistrado recuerda que los créditos públicos con la AEAT y la TesorerÃa General de la Seguridad Social que puedan existir «son exonerables» con el lÃmite previsto en la ley, «es decir, los primeros 5.000 euros son exonerables, y en la restante cantidad resulta exonerable el 50% con el lÃmite máximo de 10.000 euros».
Sobre el caso particular, el juez señala que se exonera el crédito público, dentro de los lÃmites señalados, con la Agencia Tributaria y la TGSS, «no asà el resto de crédito público local o autonómico».
En su auto, el juez del mercantil de Girona alude en varias ocasiones a las consideraciones del juez madrileño José MarÃa Fernández Seijo, experto en la materia, titular del Juzgado Mercantil número 11 de Barcelona, y que el pasado año pasó a formar parte del renovado Consejo General del Poder Judicial como vocal.
El juez José MarÃa Fernández Seijo, en una imagen de archivo.
La nueva ley concursal vigente desde septiembre de 2022, y la mayor agilidad dotada a la Ley de Segunda Oportunidad, permiten la exoneración de deudas de personas fÃsicas, y empresas, con mayor amplitud que anteriormente.
En el tercer trimestre de 2024, los Juzgados de lo Mercantil de toda España recibieron un total de 12.675 concursos, lo que supone un nuevo incremento, del 35,9 %, y el mantenimiento de una tendencia al alza que comenzó en 2020, según datos del Consejo General del Poder Judicial.
El fuerte incremento del número de concursos se ha debido al alza de los concursos presentados por personas naturales no empresarios, que alcanzaron los 10.833 entre julio y septiembre del pasado año. Los concursos de personas naturales empresarios (643) aumentaron un 0,2 % y los de personas jurÃdicas (1.199) disminuyeron un 1,6 %.
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 7/2023, de 27 de julio, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, los concursos de personas naturales no empresarios, que se venÃan conociendo por los juzgados de primera instancia y primera instancia e instrucción han pasado a ser competencia de los juzgados de lo mercantil.
El despacho ideuda.com permite a sus clientes, a través del móvil, presentar ante el Juzgado mercantil demanda de exoneración de deudas y la gestión del proceso concursal, que puede seguirse en tiempo real, ofreciendo distintas tarifas dependiendo del servicio contratado, entre los 78,5 euros y los 139 euros, más IVA, al mes. El despacho devuelve el dinero al cliente si no logra la exoneración.
Francisco Javier Mezo, al frente de ideuda.com, destaca que el bufete realiza «una gestión activa de la obtención de la documentación presentando las demandas lo antes posible, lo que permite que las exoneraciones se obtengan en tiempo récord, como en este caso».