Esto es lo que dice el BBVA sobre el tiempo que deben conservarse las facturas de empresa
El banco concreta cuánto tiempo se deben conservar este tipo de documentos para evitar problemas a nivel fiscal, mercantil y penal
Las facturas son un elemento indispensable en la actividad de las empresas, pero también de los autónomos, recuerda BBVA. A pesar de que una idea extendida es que estos documentos únicamente se han de enviar a los clientes, es de vital importancia conservarlos para cumplir con las condiciones estipuladas en la normativa vigente
En este contexto, uno de los interrogantes que pueden surgir entre las compañÃas y trabajadores por cuenta propia que emiten este tipo de documentos puede ser durante cuánto tiempo han de guardar las facturas. La entidad financiera tiene la respuesta.
Plazos de conservación, según BBVA
El plazo a lo largo del cual será obligatorio guardar las facturas de una empresa viene estipulado en la Ley General Tributaria, en la cual se deja bien claro que se deben conservar estos documentos.
La Ley General Tributaria recoge la obligatoriedad de que los empresarios y autónomos conserven las facturas
El motivo no es otro que la acreditación de la realización de un trabajo por el que se ha recibido un importe a cambio y conocer el IVA y las retenciones aplicadas, que podrán varia según los ingresos obtenidos.
Fiscal
Para cumplir con las obligaciones fiscales será necesario guardar las facturas a lo largo de un periodo mÃnimo de cuatro años, que comenzará a contar a partir de la declaración de los impuestos.
En este sentido, la entidad financiera puntualiza que si se trata de IVA deducible sujeto a periodo de regulación, se empiezan a contar los cuatro años desde que concluya este periodo.
Mercantil
Las obligaciones de las empresas y autónomos en el ámbito mercantil en cuanto a la conservación de facturas se concretan en el artÃculo 30 del Código de Comercio.
En ese punto se deja bien claro que se deben guardar este tipo de documentos, junto a los libros, la correspondencia, la documentación y otros justificantes.
Las facturas, libros, correspondencia, documentación y otros justificantes se deben mantener durante un periodo de seis años desde el último asiento contable
Concretamente, será necesario conservar este conjunto de documentación durante un periodo de seis años, a partir del último asiento contable que se muestre en los libros.
Penal
Dado que las facturas se pueden utilizar como prueba en un caso penal es aconsejable guardarlas como justificante en la década siguiente a su emisión.
La razón tras el plazo es que el Código Penal recoge que los delitos fiscales prescribe a los cinco años, si bien cuando son de tipo agravado no lo hacen hasta diez años después.
Cómo guardar las facturas
El banco ha remarcado que se deben guardar las facturas que se vinculen a obligaciones fiscales, lo que implica que se conserven las que se emiten a los clientes y las que se reciben de los proveedores.
También será necesario conservar los albaranes de las propias facturas y, también, otros justificantes de pago, recibÃs y otros documentos que demuestren tanto pagos como sobros.
En cuanto al formato en el que se tienen que guardar las facturas, lo aconsejable es que se realice en el formato original y a través de un sistema que los ordene de forma adecuada.
Un factor a tener en cuenta es que el soporte es indiferente, por lo que las empresas y autónomos cuentan con la posibilidad de conservar tanto en digital como en papel estos documentos.