El documento que tienen que presentar los desempleados mayores de 52 para seguir cobrando el subsidio del SEPE

La presentación de este documento debe hacerse un año después de que haya nacido el derecho al subsidio, así como renovarlo cada doce meses

Servicio Público de Empleo Estatal

Foto: SEPE

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Los mayores de 52 años que perciban el subsidio del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) deben presentar lo siguiente todos los años para renovar la prestación: una declaración de las rentas junto a documentos, en caso se requieran.

Según el portal del SEPE, si los ingresos de la persona no exceden en ningún mes el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, es decir, no llegan a los 850 euros aproximadamente; se podrá tramitar este documento en la Sede Electrónica, siempre que se cuente con DNI electrónico, certificado digital o usuario y contraseña.

En caso no se tenga estos accesos o las rentas sean superiores, es necesario dirigirse de forma presencial a la oficina de prestaciones con cita previa (por teléfono o en la web).

La presentación de este documento debe hacerse doce meses después de que haya nacido el derecho al subsidio, o si pasó este cantidad de tiempo desde la última reanudación.

Se tiene un plazo de 15 días hábiles para hacerlo y, de no presentarlo, el pago de la prestación y de la cotización se interrumpirá.

En qué consiste el subsidio del SEPE

El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda económica del SEPE destinada a este sector de la población que haya dejado de cobrar el paro y que, además, se encuentre inscrito como demandante de empleo.

Una vez reciba la ayuda, se mantendrá hasta que la persona acceda a un nuevo puesto de trabajo o que llegue a la edad para jubilarse.

Lo distinto de este subsidio es que toma en cuenta solo las rentas de la persona y no las de su familia, así como recibirlo es compatible con un contrato laboral (a tiempo completo temporal o indefinido) con una duración superior a tres meses, según indica el blog del Banco Santander.

Requisitos para obtener el subsidio

Pueden pedir este subsidio las personas de 52 años o más en estos casos: hayan agotado el paro; son emigrantes retornados a España sin derecho a recibir la prestación por desempleo; han salido de la cárcel; y declarados capaces o en situación de incapacidad permanente parcial.

Otra condición es que debes hacer cotizado al menos 15 años, tiempo en el que al menos dos años hayan estado comprendidos en los últimos 15 años. También debes haber cotizado por desempleo durante un mínimo de seis años durante tu vida laboral.

Cuantía máxima que se puede recibir

El importe de la ayuda equivale al 80% del IPREM que, en la actualidad, está en 600 euros. Esto quiere decir que la prestación es de 480 euros.

Cabe agregar que, en el tiempo en que se reciba esta ayuda, la persona seguirá cotizando para la jubilación.

Ello se realiza mediante una base de cotización que representa el 125% del límite mínimo de cotización vigente. Sin embargo, a partir del 1 de junio, se reducirá hasta el 120% del tope mínimo.

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