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El documento que tienen que presentar los desempleados mayores de 52 para seguir cobrando el subsidio del SEPE
La presentaciĆ³n de este documento debe hacerse un aƱo despuĆ©s de que haya nacido el derecho al subsidio, asĆ como renovarlo cada doce meses
Los mayores de 52 aƱos que perciban el subsidio del Servicio PĆŗblico de Empleo Estatal (SEPE) deben presentar lo siguiente todos los aƱos para renovar la prestaciĆ³n: una declaraciĆ³n de las rentas junto a documentos, en caso se requieran.
SegĆŗn el portal del SEPE, si los ingresos de la persona no exceden en ningĆŗn mes el 75% del Salario MĆnimo Interprofesional, es decir, no llegan a los 850 euros aproximadamente; se podrĆ” tramitar este documento en la Sede ElectrĆ³nica, siempre que se cuente con DNI electrĆ³nico, certificado digital o usuario y contraseƱa.
En caso no se tenga estos accesos o las rentas sean superiores, es necesario dirigirse de forma presencial a la oficina de prestaciones con cita previa (por telƩfono o en la web).
La presentaciĆ³n de este documento debe hacerse doce meses despuĆ©s de que haya nacido el derecho al subsidio, o si pasĆ³ este cantidad de tiempo desde la Ćŗltima reanudaciĆ³n.
Se tiene un plazo de 15 dĆas hĆ”biles para hacerlo y, de no presentarlo, el pago de la prestaciĆ³n y de la cotizaciĆ³n se interrumpirĆ”.
En quƩ consiste el subsidio del SEPE
El subsidio para mayores de 52 aƱos es una ayuda econĆ³mica del SEPE destinada a este sector de la poblaciĆ³n que haya dejado de cobrar el paro y que, ademĆ”s, se encuentre inscrito como demandante de empleo.
Una vez reciba la ayuda, se mantendrĆ” hasta que la persona acceda a un nuevo puesto de trabajo o que llegue a la edad para jubilarse.
Lo distinto de este subsidio es que toma en cuenta solo las rentas de la persona y no las de su familia, asĆ como recibirlo es compatible con un contrato laboral (a tiempo completo temporal o indefinido) con una duraciĆ³n superior a tres meses, segĆŗn indica el blog del Banco Santander.
Requisitos para obtener el subsidio
Pueden pedir este subsidio las personas de 52 aƱos o mĆ”s en estos casos: hayan agotado el paro; son emigrantes retornados a EspaƱa sin derecho a recibir la prestaciĆ³n por desempleo; han salido de la cĆ”rcel; y declarados capaces o en situaciĆ³n de incapacidad permanente parcial.
Otra condiciĆ³n es que debes hacer cotizado al menos 15 aƱos, tiempo en el que al menos dos aƱos hayan estado comprendidos en los Ćŗltimos 15 aƱos. TambiĆ©n debes haber cotizado por desempleo durante un mĆnimo de seis aƱos durante tu vida laboral.
CuantĆa mĆ”xima que se puede recibir
El importe de la ayuda equivale al 80% del IPREM que, en la actualidad, estĆ” en 600 euros. Esto quiere decir que la prestaciĆ³n es de 480 euros.
Cabe agregar que, en el tiempo en que se reciba esta ayuda, la persona seguirĆ” cotizando para la jubilaciĆ³n.
Ello se realiza mediante una base de cotizaciĆ³n que representa el 125% del lĆmite mĆnimo de cotizaciĆ³n vigente. Sin embargo, a partir del 1 de junio, se reducirĆ” hasta el 120% del tope mĆnimo.