¿Qué es un condominio y cómo se extingue?
Las propiedades que se heredan entre varios familiares o que se compran entre dos cónyuges son algunos ejemplos
A pesar de que, con toda probabilidad, nunca hayamos escuchado el término «condominio», está más presente de lo que pensamos en nuestro día a día. Las propiedades que se heredan entre varios familiares, la vivienda que se aventuran a comprar los cónyuges o una comunidad de pastos son una clara muestra de ello.
Y es que, conocido popularmente como copropiedad o comunidad de propietarios, el concepto se refiere a la situación en la que varias personas poseen conjuntamente un bien.
Qué es el condominio
El condominio es un término que hace referencia al derecho de propiedad que pertenece en común a varias personas, según especifica Álvarez Ramos Abogados. Cada uno de los individuos será el propietario de una parte indivisa de la propiedad, que jurídicamente se denominan cuotas.
A través de esta figura, se pretende solucionar las situaciones donde existe un único bien físicamente indivisible a un conjunto de propietarios que se convierten en titulares de un porcentaje del mismo.
Qué leyes lo regulan
De forma general, el artículo 392 del Código Civil es el que regula los condominios, si bien también se le pueden aplicar algunos de los que figuran a continuación en la norma. «Hay comunidad cuando la propiedad de una cosa o un derecho pertenece pro indiviso a varias personas», describe el artículo.
El artículo 392 del Código Civil regula el condominio
A la vez, especifica que cuando no se ha firmado un contrato el condominio deberá regirse por lo descrito en el artículo. No obstante, siempre primarán los acuerdos alcanzados entre ambas partes, o bien, las normas especiales, puntualiza el bufete de abogados.
Qué se puede hacer con el condominio
Uno de los aspectos que regula la normativa vigente es la libre disposición por parte de cada uno de los propietarios de su cuota. Consecuentemente, cada uno de ellos dispone de la plena propiedad, así como de los «frutos y utilidades» que le proporcione poseer esa cuota del bien.
Por esa razón, también cuenta con la posibilidad de vender, ceder, renunciar o gravar la parte de la propiedad que se encuentra en su poder. Mientras que si vende o cede la cuota el nuevo propietario pasará a ocupar la posición del antiguo dentro de la copropiedad, si renuncia el resto de propietarios verán incrementarse su cuota de forma proporcional.
Otra de las operaciones que se pueden emprender es la acción de división. Teniendo en cuenta que los copropietarios no pueden ser obligados a permanecer en la comunidad, en cualquier momento disponen de la opción de solicitar la división de la propiedad que poseen en común.
Los copropietarios pueden pactar la renuncia a la acción de división de forma temporal, si bien no podrá ser por un periodo superior a una década. En el caso de que sea un plazo inferior, se podrá prorrogar hasta alcanzar ese límite máximo.
Los copropietarios pueden vender, ceder, renunciar o gravar la parte de la propiedad que se encuentra en su poder
En el caso de que existan circunstancias graves o perjudiciales para los copropietarios o el aprovechamiento del bien, el juez podrá autorizar la partición antes del tiempo previsto, siempre y cuando lo requiera una de las partes.
Extinción del condominio
Existen distintas razones que pueden desembocar en la extinción del condominio, desde la destrucción del bien que se posee en copropiedad hasta la consolidación de todas las cuotas en un único propietario.
A su vez, estas situaciones se pueden dar por la renuncia de los copropietarios, pero también por expropiación forzosa o la división de la propiedad, de forma que una jueza adjudica a cada propietario su parte.
La usucapión adquisitiva, un modo de adquirir la propiedad y los demás derechos reales por la posesión continuada en el tiempo con los requisitos establecidos por la ley, es otro de los motivos que puede comportar la extinción del condominio.