Pensión no contributiva por discapacidad: beneficiarios y cuantía

Las pensiones no contributivas van destinadas a personas que carecen de recursos económicos y no cuentan con los años de cotización necesarios

Una persona en silla de ruedas.

Las pensiones no contributivas de invalidez han subido en 2024. Imagen: Freepik.

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Las pensiones no contributivas son las que el Estado concede a las personas que, sin haber cumplido los requisitos de cotización necesarios, se encuentran en una situación de necesidad y carecen de recursos suficientes para su subsistencia. Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones de Invalidez y Jubilación.

El objetivo es que las personas que las reciben tengan unos ingresos mínimos para vivir dignamente, además de contar con servicios de farmacia y asistencia médica gratuita (junto con otras asistencias complementarias).

Pensión no contributiva por discapacidad

Para percibir una pensión no contributiva de incapacidad, hay que tener entre 18 y 65 años, con un grado de discapacidad que iguale o supere el 65%. También se exige ser residente en España o haber vivido durante 5 años -con dos de ellos, también inmediatos a la solicitud de la prestación-.

Por su parte, para recibir pensión no contributiva de jubilación, es necesario tener 65 años o más, residir en España y haberlo hecho durante un período de 10 años, de los que dos tienen que ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

La pensión por incapacidad se otorga hasta que haya un cambio de salud o de edad. Foto Canvas

Los ingresos también son un factor clave para poder recibir una pensión no contributiva de jubilación o de invalidez. Uno de los requisitos comunes, es que las rentas o ingresos en cómputo anual para 2024 no pueden ser superiores a los 7.250 euros anuales.

Cuantía

Con efectos de 1 de enero de 2024, la cuantía anual de las prestaciones familiares de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, por hijo a cargo con 18 años o más, y un grado de discapacidad mayor del 65% se fija en 5.647,20 euros. Si la discapacidad es mayor o igual al 75% la cuantía anual será de 8.469,60 euros.

Además, si se convive con familiares, las cuantías se elevan. En el caso de que el solicitante conviva solo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado (padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos):

  • Para dos convivientes la cantidad límite es 12.326 euros.
  • Para tres, los ingresos máximos anuales son 17.401 euros.
  • A partir de cuatro22.476 euros.

Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra en concreto alguno de sus padres o hijos las cifras aumentan aún más:

  • Con dos convivientes, la cifra límite es 30.815 euros.
  • Con tres, las rentas máximas no deben superar los 43.503 euros.
  • Con cuatro convivientes, el límite de ingresos se sitúa en 56.192 euros.

Solicitud

La gestión y reconocimiento del derecho a percibir una pensión no contributiva a se realiza por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso). En las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla se hace directamente por el Imserso.

Por ello, la solicitud de las pensiones no contributivas deben presentarse en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social, en las que se facilitará el impreso correspondiente, o por correo.

Comenta el artículo
Raquel Navarro Pérez

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Deja una respuesta