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El «paro» de los autónomos: claves y condiciones de la prestación por cese de actividad
Aunque popularmente se conoce como "paro de autónomos", la prestación por cese de actividad tiene particularidades y requisitos específicos
El término «paro de autónomos» hace referencia a la prestación por cese de actividad, una medida de protección de la Seguridad Social hacia este colectivo. A pesar de su denominación común, difiere en requisitos y condiciones respecto al desempleo de los empleados por cuenta ajena.
Los autónomos no pueden acceder al paro de manera directa al cerrar su negocio. Deben recurrir a la prestación por desempleo generada durante su etapa como empleados previa a la condición de autónomos. Esta prestación, conocida como «cese de actividad», se estableció en la Ley 32/2010 para equiparar los derechos de autónomos y asalariados.
Aunque muchos desconocen este derecho, la prestación por cese de actividad existe desde hace más de 13 años y ha evolucionado con cambios significativos. Desde 2019, todos los autónomos destinan una parte de su cuota mensual al cese de actividad, facilitando el acceso a la prestación.
Condiciones para acceder a «paro» de autónomos 2024
Con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales, se ampliaron los casos para acceder al paro de autónomos.
- Autónomos con empleados: Ahora tienen la posibilidad de acceder al paro si han reducido en un 60% la jornada de la totalidad de la plantilla o han suspendido el 60% de los contratos de la empresa mediante un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).
- Autónomos sin empleados: Pueden cobrar la prestación si el total de sus deudas alcanza el 150% de las ventas obtenidas durante los dos últimos trimestres fiscales.
Para ambas categorías, se establecen dos nuevos requisitos:
- Una reducción del 75% de los ingresos o ventas en los dos trimestres fiscales previos a la solicitud, en comparación con el mismo periodo del ejercicio anterior.
- Que los rendimientos netos mensuales del autónomo no superen el salario mínimo interprofesional (SMI), fijado en 1.134 euros.
Desde 2019, todos los autónomos destinan una parte de su cuota mensual al cese de actividad, facilitando el acceso a la prestación
Cese de actividad «parcial» por fuerza mayor
Se incorpora por primera vez el concepto de cese de actividad «parcial» para situaciones de cierre por fuerza mayor. Esto significa que, en casos de fuerza mayor, no es necesario clausurar la actividad de forma permanente. Esta disposición beneficia a aquellos casos en los que la fuerza mayor afecta solo a una parte del negocio o a uno de los centros de trabajo, en presencia de varios.
Los autónomos pueden suspender parcialmente su actividad por fuerza mayor cuando esté vinculada a una declaración de emergencia adoptada por la autoridad competente, cumpliendo dos requisitos:
- Una caída de ingresos del 75% de la actividad en relación con el mismo periodo del año anterior.
- Que los ingresos mensuales del autónomo no alcancen el SMI o el importe de la base por la que estaba cotizando.
Requisitos generales y duración del paro para autónomos
Independientemente del escenario que dé lugar al cese de actividad, los autónomos deben cumplir con requisitos generales para acceder al paro. Estos incluyen estar afiliado y en alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA), tener un período mínimo de cotización de doce meses, entre otros.
La duración del paro para los autónomos dependerá del tiempo que hayan estado dados de alta y cotizando
La duración del paro para los autónomos dependerá del tiempo que hayan estado dados de alta y cotizando, con un rango que va desde cuatro meses hasta dos años, según la cotización acumulada.
Cálculo del paro para autónomos
Tiempo dado de alta desde 2019 y sin percibir prestaciones excepcionales
El primer elemento crucial en el cálculo del paro de los autónomos es el tiempo que han estado dados de alta desde 2019, sin haber recibido prestaciones por desempleo ni el cese de actividad extraordinario implementado durante la pandemia. Este factor establece el período para el cual un autónomo tiene derecho a recibir la prestación por cese de actividad.
Base de cotización media en los últimos doce meses
La segunda clave es la base de cotización media del autónomo durante los últimos doce meses. La cantidad que el trabajador por cuenta propia haya cotizado en este período influirá directamente en el monto de la prestación que puede recibir. Por ejemplo, si la base de cotización fue de 960,6 euros durante los doce meses, esta cifra será determinante en el cálculo.
Motivo del cierre del negocio y su impacto en la prestación
La tercera clave se relaciona con el motivo que ha llevado al cierre del negocio del autónomo, ya que esto determina el porcentaje de la base de cotización que le corresponde. Aquí es donde se distinguen dos situaciones:
- Cierre por deudas o reducción de jornada: En este caso, al autónomo le corresponde el 50% de su base de cotización como prestación por cese de actividad.
- Cierre por otros motivos: Si el cierre se debe a otras circunstancias, el autónomo tiene derecho al 70% de su base de cotización como prestación por cese de actividad.