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Estos son los ingresos que se consideran segundo pagador en la declaraciĆ³n de la Renta
Una de las dudas mĆ”s comunes a la hora de realizar la declaraciĆ³n de la Renta es saber si has tenido uno o mĆ”s pagadores
La declaraciĆ³n de la Renta es el trĆ”mite al que miles de espaƱoles estĆ”n obligados a someterse anualmente. Dependiendo de diversos factores, la Agencia Tributaria determina quienes deben hacerlo. Los mĆ”s importantes son los ingresos anuales y los pagadores.
Un pagador es la persona o entidad que abona al contribuyente unos ingresos sujetos al IRPF. Las empresas son pagadores, pero existen otras instituciones que tambiƩn lo son. Muchas personas, por desconocimiento, estƔn obligadas a rendir cuentas con el fisco sin saberlo.
Todos los usuarios que hayan recibido mĆ”s de 22.000 euros, estĆ”n obligadas a realizar la declaraciĆ³n de la Renta, asĆ como aquellas que hayan tenido dos o mĆ”s pagadores, recibiendo 15.000 euros. Si tus rendimientos Ćntegros del trabajo se sitĆŗan por debajo de estas cifras, no estĆ”s obligado a presentarla.
Excepciones a la regla de los 15.000 euros
No obstante, existen algunas excepciones que podrĆan librarte de presentar la declaraciĆ³n. No se considera segundo pagador aquella persona o entidad que ha pagado menos de 1.500 euros.
Otro aspecto es la discapacidad. Si tienes un grado de igual o superior al 33%, el lĆmite para presentar la DeclaraciĆ³n de la Renta con dos o mĆ”s pagadores se eleva a 22.000 euros.
QuƩ se considera un segundo pagador
Se consideran segundo pagador todas las empresas en las que has trabajado durante el aƱo, Si has trabajado en dos o mƔs empresas durante el aƱo, cada una de ellas se considera un pagador. Las prestaciones por desempleo tambiƩn se consideran otro pagador, lo hayas cobrado durante 3 meses o un aƱo.
Al igual sucedes con los ERTE. Si has estado en un ERTE durante el aƱo, la empresa que te ha pagado el ERTE se considera un segundo pagador. Si cobras una pensiĆ³n pĆŗblica o privada, la entidad que te la paga se considera un segundo pagador.
Incluso, cualquier otro ingreso que hayas recibido durante el aƱo, como becas, premios, etc., se considera un segundo pagador.
Ante esta informaciĆ³n, si sigues teniendo dudas sobre si tienes que presentar la declaraciĆ³n de la Renta, consulta con un asesor fiscal. Es importante tener a mano toda la documentaciĆ³n necesaria para presentarla, como los certificados de retenciones de los diferentes pagadores.