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Cómo consultar el expediente de discapacidad
El proceso para abrir un expediente de incapacidad permanente pasa por diferentes fases y puede llegar a ser un trámite largo
La pensión por incapacidad permanente es una ayuda concedida por el Estado, que tiene como objetivo cubrir la pérdida de ingresos que sufren los empleados que pasan por esta situación. No obstante, conviene tener en cuenta que en función de la gravedad existen distintos tipos de incapacidad permanente.
El grado más leve es la incapacidad parcial, que reconoce una disminución superior al 33% para desarrollar la profesión, mientras que la incapacidad total, hace referencia a los trabajadores que no pueden llevar a cabo su actividad laboral, pero sí pueden dedicarse a otro oficio.
Tras la incapacidad absoluta, que inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio, se encuentra la gran invalidez, el grado más severo, concedido a los empleados que requieren de la asistencia de otra persona para llevar a cabo los actos más esenciales de su día a día.
Así puedes consultar el expediente de discapacidad
El proceso para abrir un expediente de incapacidad permanente pasa por diferentes fases y puede llegar a ser un trámite largo. Desde el inicio del expediente para la concesión de una pensión de incapacidad permanente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) dispone de 135 días hábiles para ofrecer una resolución al respecto.
Un expediente de incapacidad permanente cuenta con ocho fases claves
El primer paso para poder ver el expediente de incapacidad y comprobar el estado de la solicitud, es dirigirse a la página web del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y, a continuación, entrar en la Sede Electrónica.
Una vez dentro, hay que acceder al apartado «Mis expedientes administrativos» para entrar mediante certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve permanente o Cl@ve PIN al perfil y área personal.
En total, un expediente de incapacidad permanente cuenta con ocho fases claves, independientemente de que la solicitud haya partido del propio trabajador o desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social:
- Estudio de solicitud, datos y documentos aportados. En esta fase también se comprueba el cumplimiento de requisitos previos.
- Emisión de informe médico para determinar la situación clínica de incapacidad permanente.
- Emisión del dictamen/propuesta de incapacidad permanente por parte del Equipo de Valoración de Incapacidades.
- Estudio de vida laboral y de las cotizaciones efectuadas.
- Determinación del importe a percibir en la pensión de incapacidad permanente.
- Análisis final y propuesta de resolución.
- Revisión y confirmación del expediente.
- Firma de resolución.
Al acceder a observar el estado de su expediente de incapacidad permanente, el usuario encontrará marcada la fase en la que se encuentra dicho expediente.