Qué es y cómo se solicita el bono social en Curenergía
Los consumidores pueden solicitar distintas ayudas para paliar el impacto económico de los suministros energéticos en su economía
Ante la subida de las temperaturas, aumenta el uso del aire acondicionado. Por ello, son muchos los consumidores que temen la llegada de la factura de la electricidad en la época estival.
No es para menos. El precio medio de la luz en junio ha superado los 56 euros por megavatio hora. La cifra no solo evidencia un crecimiento de más del 84% en comparación con el mes anterior, sino que también es la segunda más elevada en lo que llevamos de año.
En este contexto, muchos consumidores se preguntan cuáles son las ayudas a las que pueden optar para paliar el impacto económico de los suministros energéticos en sus bolsillos.
Qué es el Bono Social
Una de las ayudas que se pueden solicitar es el bono social, un descuento en la factura de la electricidad impulsado por el Gobierno con el objetivo de proteger a los hogares vulnerables o vulnerables severos por su situación socioeconómica.
Entre los requisitos que se deben cumplir para disfrutar del bono social, figura la contratación de la tarifa eléctrica PVPC, pero también una potencia igual o inferior a los 10 kilovatios en la vivienda habitual.
Las personas interesadas en optar al bono social eléctrico también habrán de cumplir las distintas condiciones que acreditan la situación de cliente vulnerable, vulnerable severo o cliente vulnerable severo en riesgo de exclusión social.
Cómo se solicita
En primer lugar, no se debe perder de vista que la tramitación del bono social eléctrico es gratuita, por lo que no es necesario pagar por abrir la solicitud, ni tampoco dar el número de tarjeta.
Dado que el bono social forma parte del mercado regulado de la energía, las únicas compañías que cuentan con la autorización necesaria para ofrecerlo son las comercializadoras de referencia:
- Energía XXI
- Curenergía
- Gas & Power
- Baser
- Régsiti
- Teramelcor
- Corenergético
- Energía Ceuta
Para solicitar el bono social es necesario ponerse en contacto con alguna de estas comercializadoras, quienes se encargarán de los trámites y comunicarán al usuario si la solicitud ha sido aceptada o rechazada.
Qué documentación se debe presentar
Uno de los documentos a presentar es el formulario cumplimentado y firmado por toda la unidad familiar, que se deberá solicitar a alguna de las comercializadoras mencionadas anteriormente.
También será necesario presentar la fotocopia del NIF o NIE del titular del punto de luz y de todos los miembros de la unidad familiar, incluidos los mayores de 14 años y los menores de 14 años que dispongan de él.
En el caso de que el titular forme parte de una unidad familiar, se deberá aportar el libro de familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil de cada uno de los integrantes de la unidad familiar.
Si no es miembro de ninguna unidad familiar habrá de presentar la hoja individual del Registro Civil o cualquier documento expedido por la autoridad competente que acredite el estado civil del solicitante.
El certificado de empadronamiento en vigor, individual o conjunto, del titular y de todos los miembros de la unidad familiar es otro de los documentos a presentar. Se puede obtener en las oficinas de atención a la ciudadanía, pero también en los ayuntamientos.
Las familias numerosas también deben aportar una fotocopia del título en vigor, que podrán encontrar en las oficinas de atención en la ciudadanía o en las secciones de familia de las gerencias territoriales de servicios sociales.
Los usuarios que deban acreditar alguna de las circunstancias especiales que figuran a continuación habrán de presentar el certificado de los Servicios Sociales del órgano competente o del que designe la comunidad autónoma:
- Discapacidad igual o mayor al 33%.
- Víctima de violencia de género.
- Víctima de terrorismo.
- Dependencia reconocida grados II y III.
- Familias monoparentales: un único progenitor y al menos, un menor.