Baja por enfermedad comĂșn: todo lo que debes saber

La baja por enfermedad comĂșn es un tipo de incapacidad temporal gestionada por la Seguridad Social para cubrir la pĂ©rdida de ingresos

Una mujer resfriada en casa.

El resfriado comĂșn entra en las enfermedades para acogerse a una baja laboral. Imagen: Freepik.

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Cuando un trabajador estĂĄ incapacitado para realizar su trabajo por una enfermedad comĂșn o un accidente no laboral, pueden cobrar la baja laboral mientras se recuperan.

La baja por enfermedad comĂșn es un tipo de incapacidad temporal gestionada por la Seguridad Social y que tiene el objetivo de compensar la pĂ©rdida de ingresos que sufre el trabajador durante este tiempo.

Por qué enfermedades te pueden dar la baja

Concretamente, los trabajadores pueden solicitar la baja laboral por las siguientes enfermedades comunes:

  • Bronquitis aguda
  • Resfriado comĂșn
  • InfecciĂłn de oĂ­do
  • Influenza (gripe)
  • Sinusitis
  • Infecciones de la piel
  • Dolor de garganta
  • InfecciĂłn urinaria

Por su naturaleza, la baja por enfermedad comĂșn no se puede cobrar de forma indefinida, sino que hay un tiempo mĂĄximo en la que un trabajador se puede beneficiar. El tiempo mĂĄximo es de 365 dĂ­as, aunque se puede prorrogar durante 180 dĂ­as mĂĄs si se prevĂ© una recuperaciĂłn del trabajador; en total, un trabajador puede cobrar la baja durante 545 dĂ­as.

Requisitos para cobrar la baja

Para poder cobrar la prestaciĂłn por baja por enfermedad comĂșn es imprescindible estar afiliado y en alta o en situaciĂłn asimilada al alta y tener cubierto un periodo de cotizaciĂłn de 180 dĂ­as en los cinco años anteriores.

Una mujer es atendida por un médico.
El médico es el responsable de emitir la baja laboral. Imagen: Freepik.

También es necesario el parte de baja emitido por un centro de salud autorizado para acreditar la baja. Actualmente, hay médicos que no emiten el parte en papel porque directamente se tramita en el sistema y la empresa (o los autorizados) puede consultarlo. En la medida de lo posible, siempre se recomienda tener el parte en papel (o digitalmente).

Una vez finalizada, también es necesario que el médico emita un parte de alta para volver a emprender la actividad laboral.

CuĂĄnto se cobra

Las personas que piden la baja por una enfermedad comĂșn cobran el 60% de la base reguladora desde el cuarto dĂ­a de la baja hasta el dĂ­a 20 y el 75% a partir de entonces.

Durante el cuarto y decimoquinto dĂ­a de baja por enfermedad comĂșn o accidente no laboral, el empleador es responsable de asumir los costos. A partir del decimosexto dĂ­a de baja, la responsabilidad del pago pasa a la Seguridad Social o a la mutua correspondiente.

En estos casos puedes perder la baja

Cabe destacar que se puede suspender el cobro de la prestaciĂłn si se detecta una actuaciĂłn fraudulenta del beneficiario para conservar el subsidio, como puede ser trabajar por cuenta propia o ajena, rechazar el tratamiento sin una causa razonable o no comparecer a alguna de las convocatorias para examen y reconocimiento mĂ©dico.

El beneficiario también puede dejar de percibir de forma definitiva la ayuda cuando sucede alguna de las siguientes situaciones:

  • Por el transcurso del plazo mĂĄximo de 545 dĂ­as naturales desde la baja mĂ©dica.
  • Por alta mĂ©dica por curaciĂłn o mejorĂ­a que permita al trabajador realizar su trabajo habitual.
  • Por ser dado de alta el trabajador, con o sin declaraciĂłn de incapacidad permanente.
  • Por el reconocimiento de la pensiĂłn de jubilaciĂłn.
  • Por la incomparecencia injustificada del beneficiario a cualquiera de las convocatorias para los exĂĄmenes y reconocimientos establecidos por los mĂ©dicos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social o a la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social.
  • Por fallecimiento.
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Raquel Navarro PĂ©rez

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