Así tributan los regalos de boda (esto es lo que vigila Hacienda)
Recibir regalos de familiares y amigos es una tradición de las bodas que simboliza los buenos deseos
Una boda es el momento más especial para muchas personas. Durante la ceremonia, familiares y amigos disfrutan de un bonito encuentro lleno de amor y alegría que suele terminar con los típicos regalos, que suelen realizarse para que los novios puedan afrontar los costes del evento.
Aunque habitualmente se da dinero en un sobre, cada vez es más común que los novios realicen una lista con los regalos que les gustaría recibir. Lo que muchas personas no conocen es que estos deben añadirse en la declaración de la Renta, siempre y cuando no cumplan los requisitos mínimos.
En España, las donaciones están sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), lo que significa que, en principio, cualquier regalo que se haga, ya sea entre particulares o en el contexto de una boda, está sujeto a este impuesto.
Cómo tributan los regalos de boda
El impuesto sobre donaciones se aplica en función del valor del regalo. Si los regalos recibidos en la boda no superan ciertos umbrales, no será necesario declararlos. Pero, cuando el valor del obsequio es elevado, como puede ser un coche, los novios podrían estar obligados a presentarlo en la declaración de la Renta.
En el caso de regalos en metálico, especialmente si se entregan a través de transferencias bancarias, una práctica cada vez más común, estos son más fácilmente detectables por las autoridades fiscales.
En términos generales, si el valor total de los regalos de boda supera los 3.000 euros, podría ser necesario declararlos ante la Agencia Tributaria. No obstante, esto varía según la legislación de cada comunidad autónoma, ya que algunas ofrecen bonificaciones o exenciones que pueden reducir o incluso eliminar el pago del impuesto.
Como en las bodas los regalos provienen de familiares y amigos, y en España el impuesto sobre donaciones varía según el parentesco entre el donante y el receptor, cuanto más lejano es el parentesco, mayor es el gravamen.
Qué regalos no deben declararse
Los regalos cuyo valor no supere ciertos umbrales, dependiendo de la comunidad autónoma, no suelen estar sujetos a impuestos ni a declaración. En algunas regiones, como Madrid o Andalucía, las bonificaciones en el ISD son tan elevadas que prácticamente eliminan la necesidad de declaración si los regalos provienen de familiares directos.
Por otro lado, si los regalos son entregados por amigos o personas con un parentesco lejano, y su valor es relativamente pequeño, lo más probable es que no haya que declarar nada, a menos que se trate de bienes de valor elevado o grandes cantidades de dinero.