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El TJUE amplía el plazo para reclamar gastos hipotecarios, desafiando las prácticas de los bancos
La sentencia establece que "el periodo para reclamar gastos hipotecarios no comienza hasta que el consumidor sea consciente de la abusividad de una cláusula contractual"
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha modificado el juego de reglas en torno a la devolución de gastos hipotecarios, desafiando las tácticas de algunos bancos que se resistían a reembolsar a los clientes bajo la premisa de la prescripción del plazo para reclamar.
El TJUE sostiene que el período de prescripción para que los consumidores reclamen los gastos hipotecarios comienza en el momento en que estos tienen conocimiento de la abusividad de la cláusula y de los derechos que les asisten. Esto contrarresta las estrategias empleadas por ciertas entidades financieras, que contabilizaban el plazo desde el pago de la última factura de los gastos hipotecarios, casi coincidente con la firma del préstamo.
La sentencia del tribunal europeo también desestima la idea de que la existencia de jurisprudencia sobre las cláusulas abusivas en España sea suficiente para que los consumidores estén informados. El TJUE argumenta que los clientes siempre están en una «situación de inferioridad» frente a los bancos, y no se puede dar por sentado que conozcan la jurisprudencia sobre sus derechos.
Este veredicto del TJUE abre la puerta a que más consumidores reclamen la devolución de gastos hipotecarios sin que los bancos aleguen la prescripción del plazo para hacerlo. Se estima que alrededor de ocho millones de clientes podrían beneficiarse de esta decisión, con un promedio de reembolso de 1.500 euros.
Los consumidores con hipotecas anteriores a junio de 2019, fecha de entrada en vigor de la nueva ley hipotecaria que trasladó la mayoría de los gastos a los bancos, podrán ahora reclamar la devolución de estos pagos injustos.
El TJUE emitió esta decisión en respuesta a la cuestión prejudicial presentada por la Audiencia Provincial de Barcelona, que se sumó a la remitida por el Tribunal Supremo en julio de 2021. Aún no hay pronunciamiento sobre la cuestión del Tribunal Supremo respecto al inicio del plazo de prescripción.
En reacción a esta sentencia, Patricia Suárez, presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), expresó su satisfacción y destacó que la decisión del TJUE refuta las posturas de algunos tribunales regionales, afirmando que «el plazo comienza cuando el consumidor tiene conocimiento de la abusividad de la cláusula, no desde el pago de las facturas.»