La Seguridad Social da un respiro a los autónomos: así podrán devolver las prestaciones indebidas  

El nuevo real decreto introduce cambios que permiten fraccionar y garantizar las devoluciones de prestaciones indebidas para los autónomos.

El Gobierno presenta cambios clave para autónomos en el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social. Foto: Freepik

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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha anunciado la elevación a audiencia e información pública de un nuevo real decreto que modificará el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, con implicaciones significativas para los autónomos. Los cambios propuestos entrarán en vigor tras su aprobación en el Consejo de Ministros y su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La modificación más destacada es la introducción de una moratoria de cinco meses para la obligación de ciertos autónomos, como los societarios o los colaboradores, de proporcionar nuevamente ciertos datos a la Tesorería de la Seguridad Social. Esta medida ha generado controversia, ya que en muchos casos la Seguridad Social ya posee dicha información, según han denunciado los gestores y graduados sociales.

Fraccionar las prestaciones con una cantidad mínima

El real decreto también incluye otras novedades que afectarán tanto a autónomos como a asalariados. Uno de los cambios clave es la posibilidad de fraccionar la devolución de prestaciones indebidas que hayan recibido de la Tesorería. Este fraccionamiento estará disponible para todos los autónomos, eliminando la discrecionalidad previamente existente y permitiendo dividir el pago en plazos mensuales de hasta cinco años, con un importe mínimo de 100 euros por plazo.

Todos los autónomos podrán fraccionar esta devolución en plazos mensuales, con una cantidad mínima de 100 euros y en hasta cinco años

Otra innovación importante se refiere al proceso de subastas cuando un autónomo se encuentra en situación de embargo. Se introduce una segunda subasta en caso de que la primera quede desierta. Además, se establece el marco normativo de la cuota de solidaridad que los negocios con asalariados que cobren por encima de la base máxima deberán pagar a partir del 1 de enero de 2025.

El nuevo real decreto incluye una moratoria de cinco meses y el fraccionamiento de prestaciones indebidas. Foto: Freepik
El nuevo real decreto incluye una moratoria de cinco meses y el fraccionamiento de prestaciones indebidas. Foto: Freepik

Otra novedad relevante es la posibilidad de fraccionar la devolución de prestaciones indebidas a la Seguridad Social para todos los autónomos sin excepción. Esto permitirá a los autónomos distribuir la devolución en plazos mensuales, con un importe mínimo de 100 euros y un período de hasta cinco años. La eliminación de la discrecionalidad en este proceso es un avance significativo para los autónomos, brindando una mayor seguridad en sus obligaciones.

31 de marzo, fecha límite

El proyecto de real decreto también extiende el plazo para que determinados autónomos, como los societarios, los colaboradores familiares o los económicamente dependientes (TRADE), comuniquen ciertos datos a la Seguridad Social. En lugar de la fecha original del 31 de octubre, la Tesorería permitirá esta comunicación hasta el 31 de marzo, proporcionando cinco meses adicionales de plazo.

Estos cambios, aunque considerados positivos, han generado críticas por parte de gestores y graduados sociales, quienes han denunciado las duplicidades en la Administración que impactan en su trabajo.

Además, el proyecto de real decreto amplía los supuestos en los que ciertos asalariados deben domiciliar el pago de sus cuotas, lo que afectará a los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios durante los periodos de inactividad. Estos trabajadores deberán efectuar el pago de las cuotas mediante domiciliación una vez que el decreto sea aprobado y publicado en el BOE.

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