Sánchez cambia el impuesto a la banca para contemplar la opa de BBVA a Sabadell
El Ejecutivo enmienda el tributo "para el caso de que se lleven a cabo operaciones de modificación estructural en las se extingan entidades"
Ni una semana ha tardado el Gobierno en introducir cambios a la reforma fiscal que aprobó definitivamente el Congreso de los Diputados el pasado día 19 y que salió en el BOE el día 20. El Consejo de Ministros dio luz verde a un Real Decreto-Ley este lunes en el que se incluyen cambios «técnicos» al nuevo impuesto a la banca, unas modificaciones que parecen hechas para una potencial fusión entre el BBVA y el Banco Sabadell.
El Ministerio de Hacienda explicó a través de una nota de prensa que había hecho esos pequeños ajustes al tributo al sector bancario, pero no detalló los mismos. El BOE de este martes recoge una serie de modificaciones que «por coherencia y para el caso de que se lleven a cabo
operaciones de modificación estructural en las se [sic] extingan entidades, se prevé un ajuste del impuesto de la entidad adquirente en la operación».
La única operación ahora mismo vigente en el mercado es la opa hostil del BBVA para hacerse con el Banco Sabadell, una adquisición que está en estudio por parte de las autoridades de Competencia y que tendrá que recibir también el aval de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Como pronto, el desenlace será a mediados de año, sea autorizando a BBVA o no.
El Ministerio de Hacienda ha introducido algunas modificaciones relativas al periodo de devengo del impuesto, por «razones técnicas», eliminando algunos de los preceptos que limitaban el periodo impositivo y que incluían, por ejemplo, la extinción de la entidad o su salida del país.
Y añade un nuevo apartado con una cuota íntegra ajustada, que eleva la cuantía en un 15% de su importe para aquellas entidades que compren otras, que sean extinguidas «y cuyo margen de intereses y comisiones (…) en el ejercicio económico en el que tenga efectos contables la operación de modificación estructural, exceda de la cantidad que resulte de prorratear el importe de 100 millones de euros anuales por los días
transcurridos de dicho ejercicio».
Este incremento, señala el nuevo artículo, «se aplicará en el impuesto que se devengue correspondiente al periodo impositivo en el que tenga efectos contables la operación de modificación estructural».
Otro de los cambios en el impuesto tiene que ver con las fechas de los pagos, que se adelantan: el primer pago fraccionado será en mayo, mientras que el ingreso restante tendrá lugar en agosto.
Como informó ECONOMÍA DIGITAL, esta no la única modificación al paquete fiscal que aprobó el Ejecutivo. También ha retrasado la entrada en vigor del nuevo impuesto a los líquidos de los vapeadores, previsto para el 1 de enero, pero que finalmente comenzará su andanza el día 1 de abril. Una concesión a medias a Junts, que registró una enmienda en el Senado para retrasar medio año la nueva imposición.
En materia fiscal, además de ciertos cambios menores en el IRPF, el Gobierno aprobó un Real Decreto-Ley específico para la creación del gravamen a los beneficios extraordinarios del sector energético para 2025, con unas deducciones en su diseño que abarcan hasta el 60% de la cuantía. Con todo, no está claro que este regalo navideño al sector vaya a tener vigencia más allá de 30 días, dado el rechazo de Junts y PNV a mantenerlo.