¿Has rehabilitado tu casa? Hasta esta fecha puedes deducir el gasto y recuperar dinero
Las personas que reforman su vivienda pueden acceder a distintas deducciones fiscales según el objetivo de las obras
Si alguna vez te has enfrascado en la reforma de tu vivienda, sabrás que el presupuesto inicial pocas veces acaba siendo el planteado inicialmente, puesto que continuamente surgen imprevistos.
Sin embargo, conviene tener en cuenta que al hacer obras en casa es posible acogerse a algunas deducciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Se trata de un beneficio fiscal que, en algunos casos, puede llegar a escalar hasta el 60% de la inversión realizada. ¿Te interesa? Descubre todas los requisitos y las fechas límites a continuación.
Reducción de la demanda de frío y calor
Una de las deducciones a las que se puede optar es la que contempla un 20% de la inversión acometida, hasta una cantidad máxima anual de 5.000 euros, tal y como concreta el portal inmobiliario Idealista.
Dado que la fecha límite es el 31 de diciembre de 2024, las personas interesadas en acogerse a esta opción habrán de ponerse manos a la obra con la reforma antes de que acabe el próximo año.
Uno de los requisitos para disfrutar de la deducción es disponer del certificado de eficiencia energética de la vivienda, que proporciona el técnico competente una vez acabe la reforma y que acredite la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración.
Las personas que tengan intención de deducirse el 20% del impuesto habrán de tener en cuenta que la reforma se debe acometer en la vivienda habitual o en una casa o piso en alquiler.
Para disfrutar del beneficio fiscal es necesario el certificado de eficiencia energética de la vivienda
Consecuentemente, no se puede optar al beneficio fiscal si las obras se acometen en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas o instalaciones deportivas, por ejemplo.
Recorte del consumo de energía primaria no renovable
Otra de las deducciones a que pueden acceder los contribuyentes es la que alcanza el 40% de la inversión realizada para mejorar el consumo de energía primaria no renovable en la vivienda habitual o una alquilada.
Conviene tener en cuenta que la base máxima anual de la deducción es de 7.500 euros anuales y que las obras se deben haber efectuado entre octubre de 2021 y 31 de diciembre de 2024.
Para optar a la deducción será indispensable haber reducido, al menos, un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o bien que se mejore la calificación energética hasta conseguir una «A» o «B» en la misma escala de clasificación.
La reforma debe reducir el consumo de energía primaria no renovable un 30%
De la misma manera que la anterior deducción, se debe acreditar la reforma a través de un certificado de eficiencia energética que expedirá el técnico competente tras las obras.
Obras en edificios residenciales
Entre las distintas deducciones fiscales a que se puede optar destaca por su gran porcentaje la dirigida a las obras en edificios residenciales, que puede alcanzar el 60% de la inversión realizada hasta una cantidad máxima de 15.000 euros.
Así, los propietarios de viviendas que formen parte de edificios residenciales en los que se hayan acometido reformas de rehabilitación energética hasta el 31 de diciembre del próximo año podrán disfrutar de este beneficio fiscal.
Quienes estén interesados en acogerse a la deducción habrán de demostrar que el consumo de energía primaria no renovable se ha recortado un mínimo de un 30%, o bien, habrán de acreditar que se ha mejorado la calificación energética del edificio para obtener una «A» o «B».
Cabe destacar que la deducción se aplicará en los periodos impositivos comprendidos entre 2021 y 2024, según las inversiones realizadas en cada uno de estos años.