Quién tiene que presentar la Declaración de la Renta en 2024
Las personas que reúnen algunas condiciones en cuanto a los ingresos registrados durante el año pueden librarse de presentar la Declaración de la Renta
Con toda probabilidad, en algún momento de nuestra vida nos veremos obligados a presentar la Declaración de la Renta. A través de este trámite, los contribuyentes rinden cuentas ante la Agencia Tributaria en cuanto a las rentas obtenidas en el año anterior y el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
A los más afortunados la Renta les saldrá a devolver, es decir, obtendrán una cuantía al haber pagado de más por el gravamen en el transcurso del año. Sin embargo, a otros contribuyentes les saldrá a pagar, lo que comporta que no se ha abonado lo que se debía por el impuesto y será necesario efectuar ningún tipo de desembolso económico.
Cuándo empieza la campaña de la Renta
El plazo para presentar el borrador arrancará el próximo 3 de abril, cuando se podrá comenzar a formalizar el trámite a través de internet. Para presentar el borrador por teléfono será necesario esperar hasta el 7 de mayo.
El plazo para presentar la Renta concluye el 1 de julio
Quienes quieran realizar la gestión de forma presencial no podrán hacerlo hasta el 3 de junio. En cualquier caso, la fecha límite para presentar la Renta finalizará el 1 de julio.
Cómo saber si se tiene que presentar la Renta
La Agencia Tributaria especifica en su página web que para saber si un contribuyente se encuentra en la obligación de declarar se debe tomar en consideración el importe y la fuente de la que procede cada renta.
Para ello, es necesario discernir si los ingresos obtenidos son rendimientos del trabajo, rendimientos de capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales o actividades económicas.
De forma general, los trabajadores, pensionistas y personas que hayan recibido ingresos han de regularizar su situación con el fisco, si bien, en algunos casos concretos es posible eludir el trámite.
Quién se libra de formalizar el trámite
Los contribuyentes que perciban ingresos íntegros del trabajo por debajo de los 22.000 euros podrán librarse de presentar la Declaración de la Renta, si reúnen el resto de condiciones para no declarar.
Quienes tengan ingresos inferiores a los 22.000 euros no están obligados a presentar la Renta
Hasta el año pasado, el límite se reducía a los 14.000 euros si los ingresos del trabajo procedían de más de un pagador y los importes no excedían los 1.500 euros. El tope, sin embargo, se ha ampliado este año hasta los 15.000 euros.
Una de las novedades de este año afectará a los autónomos, que habrán de realizar la gestión si en algún momento del año pasado estuvieron dados de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Autónomos o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
Cabe recordar que anteriormente los trabajadores por cuenta propia no se encontraban en la obligación de presentar la Declaración de la Renta si la suma de todos los rendimientos, también los de su actividad, no alcanzaban los 1.000 euros al año.
Cómo presentar la Renta
La Declaración de la Renta se puede tramitar y presentar de forma telemática a través del servicio Renta WEB. Después de acreditar la identidad, el contribuyente puede consultar los datos fiscales para después obtener el borrador de la declaración que se genera a través del servicio Renta WEB.
Los contribuyentes que opten por presentar la declaración a través de la página web, verán como la mayoría de los datos se incorporan de forma automática. Posteriormente, cuentan con la posibilidad de modificarlos e incorporar más información, si es necesario.
La Agencia Tributaria enfatiza que, en el caso de la tributación conjunta, será indispensable incorporar los datos fiscales de todos los miembros de la unidad familiar.