Atención propietarios: esta acción puede costarte 1.500 euros de multa
Los conflictos vecinales en una comunidad de propietarios puede acarrear multas económicas elevadas
Atención propietarios: de vez en cuando, es posible que en una comunidad surjan conflictos entre los vecinos, ya sea por no cumplir las normas establecidas para una convivencia en conjunto o por roces más personales. Sin embargo, hay que tener en cuenta que algunas acciones pueden costarte caras.
Sin embargo, antes de tomar una decisión precipitada de la que te puedas arrepentir, debes saber que existen ciertos límites que la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) no permite en los tablones de anuncio que suelen tener las comunidades de vecinos para informar de notificaciones como cortes de agua o luz o reuniones de vecinos, entre otras.
Esta acción puede costarte 1.500 euros de multa
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 1.500 euros a una comunidad de propietarios por colgar en el tablón de anuncios datos personales de una de sus vecinas. A juicio de la AEPD, dicha información no ha sido solo accesible por los vecinos de la comunidad, sino también por cualquier tercero que haya accedido al edificio.
“Para la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), publicar información en un lugar visible para cualquier persona, supone la ausencia de medidas de seguridad adecuadas para garantizar la protección de los datos personales”, explica Jorge de Diego, abogado del despacho especializado Picón & Asociados, en el blog del portal inmobiliario Idealista.
En concreto, la AEPD considera que «los datos personales serán tratados de tal manera que se garantice una seguridad adecuada de los datos personales, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas”.
Por esta acción, la AEDP sanciona a la comunidad con una cuantía de 1.000 euros. Pero, adicionalmente, la AEPD también considera que se ha producido una infracción del artículo 32 del RGPD, que recoge la obligación de aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar la confidencialidad de los datos. Por esta infracción sanciona a la comunidad con 500 euros.
Qué anuncios están permitidos
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que cuando no se pueda notificar a un propietario en el lugar previsto, se considerará que la notificación se puede colocar en el tablón de anuncios de la comunidad o en otro lugar visible de uso general.
Esta notificación debe incluir la fecha y los motivos de esta elección, y debe ser firmada por el secretario de la comunidad y contar con la aprobación del presidente. Esta forma de aviso tendrá plenos efectos legales en un plazo de tres días naturales.
Qué está prohibido (y qué no) en una comunidad de vecinos
La compañía especializada en asesoría jurídica Legálitas especifica que es lo que está prohibido hacer, y lo que no, en las comunidades de vecinos.
Cambiar elementos comunes en la comunidad, como pueden ser el toldo o la puerta de entrada, se considera una alteración en la harmonía de edificio. Por ello, es imprescindible contar con la autorización expresa de la comunidad de propietarios, a excepción de que los estatutos recojan la posibilidad de modificarlos sin el permiso del resto de vecinos.
En el caso de las barbacoas, se debe comprobar que no exista una prohibición administrativa. Según recoge la Ley de Propiedad Horizontal, si no hay ninguna limitación, la decisión sobre cómo se utilizan las zonas comunes se debe votar en la junta de propietarios, ya que puede ocasionar molestia por el humo.
En esta línea, hacer fiestas en una propiedad también puede considerarse una «actividad molesta», por lo que el presidente de la comunidad puede avisar al propietario para acabar con la actividad. Si persiste, con la autorización del resto de propietarios, podrá iniciar las acciones judiciales que corresponden.
Todos los propietarios de una comunidad de vecinos tiene que hacer frente a la cuota comunitaria, un pago para cubrir los gastos comunes del edificio, como pueden ser la luz o las tareas de mantenimiento para la conservación del edificio.
En este sentido, en el caso de tener un propietario moroso en la comunidad, el artículo 21.1 de la normativa, permite acordar medidas contra la morosidad en una junta de propietario. Estas pasan por prohibir a los morosos el uso de las zonas comunes como la terraza o la piscina, por ejemplo.