La pensión por incapacidad permanente sube en octubre: esto es lo que cobrarán a partir de ahora

Los beneficiarios de la prestación se llevarán una alegría al cobrar la pensión este mes

Pensión incapacidad permanente

Pensión incapacidad permanente

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Buenas noticias para los beneficiarios de una pensión por incapacidad permanente. Al acudir a la entidad financiera para comprobar el pago de la prestación en octubre verán que la cuantía se ha incrementado.

El motivo tras este aumento no es otro que la revalorización de las pensiones, un proceso que tiene lugar cada año para actualizar el importe de estas prestaciones al nuevo escenario económico.

Qué es la pensión por incapacidad permanente

La pensión por incapacidad permanente es una prestación económica que trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral.

Existen distintos grados de incapacidad permanente:

  • Parcial para la profesión habitual: ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión.
  • Total para la profesión habitual: inhabilita al trabajador para su profesión habitual pero puede dedicarse a otra distinta.
  • Absoluta para todo trabajo: inhabilita al trabajador  para toda profesión u oficio.
  • Gran invalidez: cuando el trabajador incapacitado permanente necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.

Los importes de las prestaciones por incapacidad varían según el grado de incapacidad:

  • Incapacidad permanente: se cobra una indemnización a tanto alzado de 24 mensualidades de la base reguladora que se utilizó para calcular la incapacidad temporal.
  • Incapacidad permanente total: se cobra el 55% de la base reguladora, si bien se puede incrementar un 20% a partir de los 55 años cuando por diversas circunstancias se acredite dificultad para obtener empleo en una actividad distinta a la habitual.
  • Incapacidad permanente absoluta: se cobra la totalidad de la base reguladora.
  • Gran invalidez: se obtiene tras aplicar a la base reguladora el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, incrementada con un complemento.

Cómo se paga la pensión

Cuando la pensión por incapacidad permanente deriva de enfermedad común o accidente no laboral se desembolsa en catorce pagas, por lo que se pagan doce mensualidades y dos pagas extraordinarias.

No obstante, cuando deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la pensión se paga en doce mensualidades, puesto que las pagas extraordinarias están prorrateadas en las mensualidades.

Un conjunto de billetes de 50 euros. Pensión. Foto: Freepik.
Si la pensión por incapacidad permanente deriva de enfermedad común o accidente no laboral se desembolsa en catorce pagas. Foto: Freepik.

Cabe recordar que la pensión está sujeta al impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF),si bien están exentas de la retención del gravamen, las pensiones por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.

Cuánto sube la pensión en 2024

Las pensiones contributivas se revalorizan un 3,8% este año, acorde a la evolución del Índice de Precios de Consumo (IPC). Mientras que las pensiones mínimas, las no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital subirá un 6,9%, las prestaciones de viudedad con cargas familiares experimentarán una subida del 14,1%.

Tras la subida acometida, los pensionistas cobrarán los siguientes importes:

  • Personas de 65 años con un cónyuge a cargo: 14.466,20 euros anuales.
  • Personas de 65 años sin cónyuge: 11.552,80 euros anuales.
  • Personas de 65 años con un cónyuge no a cargo: 10.966,20 anuales.
  • Personas de entre 60 y 64 años con un cónyuge a cargo: 14.466,20 euros anuales.
  • Personas de entre 60 y 64 años sin cónyuge: 10.808 euros anuales.
  • Personas de entre 60 y 64 años con un cónyuge no a cargo: 10.215,80 euros anuales.
  • Menor de 60 años cuando deriva de una enfermedad común y tiene un cónyuge a cargo: 8.516,20 euros anuales.
  • Menor de 60 años cuando deriva de una enfermedad común sin cónyuge: 8.516,20 euros anuales.
  • Menor de 60 años cuando deriva de una enfermedad común y tiene un cónyuge no a cargo: 8.443,40 euros anuales.

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Deja una respuesta