Cómo obtener el número de la Seguridad Social: Guía práctica

El número de seguridad social en España es un identificador único asignado a cada ciudadano para acceder a servicios sociales y de salud

Hombre consultando un papel en su escritorio

Foto: Freepik

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

El Número de la Seguridad Social (NUSS) es un identificador único asignado a cada ciudadano que forma parte del sistema de seguridad social y, con este, es posible acceder a una variedad de servicios y beneficios sociales, así como realizar trámites administrativos relacionados con la Seguridad Social.

Se asigna de forma automática a los ciudadanos españoles al nacer, mientras que los extranjeros que trabajan o residen legalmente en España pueden solicitarlo en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). La afiliación a la Seguridad Social es obligatoria cuando se inicia una actividad laboral, única para todos los Regímenes del Sistema y dura toda la vida de las personas comprendidas en el sistema.

En el caso de no contar con el NUSS, quien debe tramitarlo puede ser el empresario o el ciudadano interesado si es que va a trabajar por cuenta ajena o propia.

En el primer caso, este deberá pedir el NUSS de su próximo trabajador adjuntando el Modelo TA1, firmado por ambos agentes, y acompañado por el documento de identidad del empleado (DNI, TIE o Pasaporte).

En el segundo escenario, el ciudadano tendrá que realizar el mismo procedimiento, pero indicando su futuro régimen laboral.

Las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administraciones son las oficinas encargadas de asignar el NUSS, en específico, las próximas al domicilio del ciudadano o de la empresa en que el trabajador prestará servicios.

Cabe agregar que la presentación de documentos se pueden hacer por la vía presencial, dirigiéndose a la TGSS o la Administración, o de forma telemática en la sede electrónica.

A partir del registro de la solicitud, el plazo máximo para notificar la resolución será de 45 días, según establece el portal web de la Seguridad Social. Si pasado ese tiempo no ha habido alguna comunicación, la solicitud se entenderá como denegada.

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Deja una respuesta