El nuevo extra que cobrarán los pensionistas antes de que termine el año

Los beneficiarios de una pensión del sistema público están de enhorabuena

Un conjunto de billetes. Foto: Freepik.

Los pensionistas cobrarán un importe extra antes de concluir el 2024. Foto: Freepik.

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El 2024 está siendo un buen año para los pensionistas, que han visto incrementado el importe de su pensión. En consonancia con la evolución de la inflación, los beneficiarios de una pensión contributiva cobran este año un 3,8% más por su prestación.

Sin embargo, esta no es la única buena noticia para los pensionistas, que contarán con la posibilidad de despedir el año ingresando en sus cuentas bancarias un importe extraordinario.

Qué extra cobrarán los pensionistas

Se trata de una de las pagas extra. En general, la Seguridad Social desembolsa las pensiones repartidas en catorce pagas, de manera que a las doce mensualidades se suman la paga extra de verano y la de Navidad, que se desembolsan en junio y noviembre, respectivamente.

Los bancos suelen avanzar el pago de la pensión. pensionista. Foto: Freepik.
Los bancos suelen avanzar el pago de la pensión. Foto: Freepik.

Al ser el Estado el pagador de esta nómina extraordinaria, se efectúa el pago el mismo día que se percibe la ordinaria. A pesar de que la Seguridad Social suele realizar el pago el primer día hábil del mes siguiente, los bancos acostumbran a adelantar unos días el desembolso de estos importes.

Quién cobra la paga extra

Un factor a tener en cuenta es que no todos los perceptores de una pensión cobran las pagas extra. Sin ir más lejos, las pensiones que derivan de un accidente de trabajo o enfermedad profesional están prorrateadas, por lo que la cuantía correspondiente a las pagas extraordinarias está repartida en las distintas mensualidades.

Consecuentemente, sí reciben las pagas extra los beneficiarios de una pensión derivada de una enfermedad común o un accidente no laboral. Por ejemplo, verán ingresados los importes extraordinarios las personas que cobran una pensión de jubilación, viudedad, orfandad, incapacidad permanente o en favor de familiares, siempre que no se origine por una causa laboral.

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