Nueva amenaza de bloqueo de fondos europeos por la alta temporalidad de los interinos

Los colectivos de interinos que han denunciado al Gobierno ante el TJUE aseguran que para finales de año la temporalidad en el sector público debería ser del 8% y es del 38%

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, asiste a la sesión de control al Gobierno celebrada este martes en el Senado, en Madrid. EFE/ J.P.Gandul

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Los colectivos de empleados públicos interinos han defendido que la conversión de los trabajadores que llevan años encadenando contratos temporales para hacer frente a necesidades permanentes de la Administración es una necesidad ya que podría afectar al desembolso de fondos europeos.

En concreto, el abogado Javier Araúz, quien ha llevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) los casos de tres trabajadores de la Administración en estas condiciones, detalló en una rueda de prensa tras conocerse el fallo que la ‘fijeza’ de los empleados públicos a la que obligaría esta resolución es clave para conseguir el compromiso con Bruselas.

En concreto, el Gobierno se comprometió con la Comisión Europea en el Plan de Recuperación a bajar la temporalidad del sector público hasta el 8%. En la actualidad, según los últimos datos desgranados por los colectivos de interinos, la proporción de empleados temporales sigue estando en el 38%. «No solo estamos hablando de un interés de la directiva [que incumple España, según el TJUE]. O se les hace fijos automáticamente o estamos incumpliendo el Plan de Recuperación», ha sostenido el letrado.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avaló este jueves convertir a los interinos en trabajadores con contrato indefinido como medida sancionadora frente al abuso de contratos temporales siempre y cuando «no implique una interpretación del Derecho nacional contraria a la ley».

En su sentencia, el TJUE destaca que el juzgado español que le hizo la pregunta considera que estas conversiones de interinos en trabajadores indefinidos serían legales si los empleados estuvieran «sujetos a las mismas causas de cese y de despido que aquellas que rigen para los funcionarios de carrera sin, no obstante, adquirir la condición de funcionario de carrera».

La Justicia europea responde de esta forma a las cuestiones prejudiciales elevadas por un juzgado de Barcelona que debe resolver dos casos que enfrentan a tres trabajadoras que encadenaron años de contratos temporales con la Dirección General de la Función Pública y el Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña, respectivamente.

Araúz ha insistido en que la conversión de los trabajadores temporales, que han cifrado en más de un millón, sobre todo de aquellos al servicio de las comunidades autónomas, podría producirse «en dos meses», ya que solo haría falta contar los años que llevan estos empleados públicos y estabilizarlos.

Para el abogado, «todavía queda un millón» de trabajadores en situación pública y ha acusado al titular de Función Pública, José Luis Escrivá, de «ocultar el dato» y de no dar respuesta a las peticiones de reunirse con los afectados.

En declaraciones a los medios tras conocerse el fallo, Escrivá ha indicado que el Gobierno tiene ya una ley con la que «nos anticipamos de forma decisiva a abordar el problema de la temporalidad (en el sector público), limitando casos, los tiempos, evitando los abusos», una medida con la que ya hay «más de 350.000 casos regularizados».

En su opinión lo importante -ha dicho- «es que estructuralmente no vuelva a ocurrir lo que ha ocurrido estos años».

Se ha referido a la eliminación de la tasa de reposición, «que es un instrumento que ha sido particularmente pernicioso a la hora de generar esas bolsas de temporalidad en España en el pasado».

También ha considerado «muy importante» que las administraciones públicas «tengan la capacidad de definir a medio plazo los recursos humanos que necesitan con una buena definición de sus funciones», «planificarse a medio plazo y evitar problemas de respuestas a corto plazo».

Para el abogado, la sentencia europea supone una enmienda a la totalidad de esta ley, ya que no cumpliría con la directiva europea a la que se refieren. Según considera el TJUE, el hecho de que el empleado temporal pueda estar en su puesto hasta que se convoque el proceso y se ocupe la plaza y posteriormente reciba una indemnización no resulta ‘sanción’ suficiente, pero sí podría serlo dar la fijeza a esos trabajadores temporales de la Administración.

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Álvaro Celorio

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