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Muface podrá devolver dinero a los funcionarios mutualistas en la Declaración de la Renta hasta 2028
Este nuevo esquema introduce un cambio en la gestión de las devoluciones, lo que implica una planificación por parte de los mutualistas
Los funcionarios podrán presentar la declaración de la Renta 2025 a partir del 2 de abril
La crisis de MUFACE está cada vez más cerca de llegar a su fin. Los funcionarios llevan unos meses muy complicados y todavía siguen muy fastidiados con todo lo que está sucediendo. Desde el Gobierno todavía no han llegado a un acuerdo para subir el sueldo del colectivo, que han visto como su poder adquisitivo ha disminuido considerablemente.
A todo esto hay que sumar lo acordado por el Gobierno a finales de 2024, en plena crisis de MUFACE. Se aprobó una modificación que afecta directamente a la declaración de la Renta de los mutualistas, tal y como han explicado en Redacción Médica. La medida está dirigida a aquellos trabajadores que realizaron aportaciones a determinadas mutuas laborales entre los años 1967 y 1978, y que, en su momento, no pudieron beneficiarse de reducciones en su IRPF.
Según Marta González Álvaro, subdirectora del Gabinete de Estudios de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), quienes cumplan estos requisitos podrán reducir estas cantidades del importe total que deben declarar como rendimiento del trabajo en su declaración de la Renta, siempre que perciban pensiones de jubilación o invalidez.
El día 2 de abril comenzará la campaña de la Renta 2025. Hacienda permitirá presentar el IRPF de forma online desde la fecha mencionada. Para hacerlo por vía telefónica, el plazo se abrirá el 6 de mayo y, para quienes prefieran acudir en persona a una oficina, podrán hacerlo desde el 2 de junio, siempre con cita previa.
MUFACE determina la renta 2025
En 2023, la Agencia Tributaria estableció un procedimiento que permitió a los funcionarios solicitar la devolución de los importes correspondientes a los ejercicios no prescritos entre 2019 y 2022, mediante el modelo DT2. Sin embargo, con la crisis de MUFACE en el horizonte, a finales de 2024 el Gobierno cambió las reglas y dejó sin efecto aquellas solicitudes de devolución no acordadas antes del 22 de diciembre de ese año.
Por ello, el Ejecutivo ha establecido un nuevo procedimiento para la devolución de las cantidades abonadas por los mutualistas a MUFACE, quienes deberán solicitar año tras año las devoluciones mediante el formulario DT2, tal y como explican desde Redacción Médica. Este proceso se realizará dentro del plazo de presentación correspondiente a cada ejercicio fiscal.
Según la agenda oficial, las devoluciones seguirán este calendario: el ejercicio 2019 tendrá su plazo de presentación del 2 de abril al 30 de junio de 2025, el ejercicio 2020, se presentará en 2026, ejercicio 2021, en 2027, y el ejercicio 2022, que tendrá su plazo de presentación en 2028, año en el que los mutualistas podrán recuperar el total de su dinero.
Pese a esta modificación, González Álvaro aclara que las devoluciones ya abonadas por la Agencia Tributaria no se verán afectadas. Por ello, es fundamental que los mutualistas revisen su situación fiscal y se asesoren correctamente para optimizar su declaración de la Renta este año, siempre y cuando cumplas los requisitos.
Otros aspectos a tener en cuenta
Desde Aedaf aclaran que para la declaración de IRPF 2024, que se presenta a partir de mañana, y los ejercicios siguientes, la devolución será automática, es decir, no será necesario presentar una solicitud específica. La reducción aparecerá reflejada en los datos fiscales del mutualista como ‘Ajuste por Mutualidades-DT2 IRPF’, aplicándose directamente en la declaración de IRPF.
Otro aspecto a considerar es qué ocurre si el mutualista que ha aportado a MUFACE fallece antes de recibir las cantidades que le corresponden. En este caso, según la normativa, los herederos podrán solicitar la devolución del importe pendiente.