La jubilación parcial se actualiza a partir de enero de 2025: estos son los cambios

El acuerdo de reforma de las pensiones incluye un nuevo marco regulador de compatibilidad entre trabajo y pensión

Dos ancianos en su jubilación.

La jubilación parcial puede estar vinculada o no con un contrato de relevo. Foto: José Oliva / Europa Press

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La jubilación parcial es aquella que se inicia a partir de los 60 años y que se combina con un trabajo a tiempo parcial. Es una opción para hacer una transición suave hacia la jubilación, con la que los trabajadores pueden empezar a percibir una parte de su pensión antes de alcanzar la edad legal para retirarse definitivamente.

Esta puede estar vinculada o no con un contrato de relevo celebrado con un trabajador en situación de desempleo, o que tenga concertado con la empresa un contrato de duración determinada.

Precisamente esta tipología de jubilación ha sido la protagonista de las reformas en las pensiones en España en el último año. En concreto, el último acuerdo de pensiones alcanzado entre los agentes sociales y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones establece, entre otras medidas, un nuevo marco regulador de compatibilidad entre trabajo y pensión.

Edad de jubilación ordinaria

De cara al año que viene, se esperan distintos cambios, especialmente centrados en la edad de acceso al retiro parcial. En la actualidad, la edad legal de jubilación ordinaria en España para poder cobrar el 100% de la base reguladora se retrasa desde 2013 de manera anual.

El objetivo es llegar a los 67 años en 2027, para aquellos que hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses, para mantener una tasa alta de afiliados en la Seguridad Social, teniendo en cuenta que el gasto en pensiones se incrementa año tras año y que cada vez está más cerca la jubilación de la generación del baby boom.

Por ello, este 2024 la edad marcada para acceder a la jubilación ordinaria es a los 66 años y 6 meses. Sin embargo, si se tienen 38 años o más cotizados a la Seguridad Social se puede adelantar a los 65 años.

De cara a 2025, el requisito para jubilarse a los 65 años se incrementa hasta los 38 años y tres meses o más cotizados. Si no se llega a esta cifra, la edad de jubilación se retrasa a los 66 años y 8 meses.

Retraso en la edad de jubilación parcial

Estos cambios también afectan al momento del retiro parcial. De esta manera, para 2025, queda de la siguiente forma:

  • Con contrato de relevo: si se tiene la condición de «mutualista», a los 60 años de edad real; en los otros casos, será a los 62 años y 8 meses si se tienen 36 años y 3 meses o más cotizados, y a los 64 años y 4 meses si se tienen 33 años o más cotizados.
  • Sin contrato de relevo: es la misma edad que la jubilación ordinaria, es decir, 65 años si se tienen 38 años y tres meses o más cotizados, o 66 años y 8 meses si se tienen menos. Además, se exige una cotización mínima de 15 años.

Otros cambios

Además del retraso en la edad de jubilación parcial, en el acuerdo de reforma de las pensiones se ha incluido la mejora de la reducción de jornada de estos trabajadores: el primer año, podrán disminuir su jornada laboral entre un 20% y un 33%, mientras que ahora es entre un 25% y un 50%; a partir del segundo año será de entre un 25% y un 75%, en función de las circunstancias de cada empleado.

Un trabajador en la calle.
En el acuerdo de reforma de las pensiones se ha incluido la mejora de la reducción de jornada en la jubilación parcial. Foto: Ricardo Rubio / Europa Press

Asimismo, podrán acumular su jornada y concentrarla en determinados días si se llega a un acuerdo con la empresa.

En cuanto a los relevistas, es decir, a los trabajadores que sustituyen a los trabajadores que se retiran con el contrato de relevo, también obtienen mejoras: la nueva normativa obligará a las empresas a hacerles un contrato indefinido, en lugar de bonificar esta contratación, y a tiempo completo.

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Aroa Tort López

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