Cambios en la jubilación de autónomos en 2024: ¿Cómo calcular la pensión?
La edad de jubilación se eleva a los 67 años, con nuevos criterios de cotización. Descubre cómo calcular tu pensión.
Desde el inicio de 2024, una serie de cambios en las normativas relacionadas con la jubilación de los autónomos ha generado un escenario más complejo, no solo en términos de requisitos, sino también en el proceso de cálculo de las pensiones. Estas transformaciones, derivadas de la reforma previa en pensiones, imponen un aumento gradual en la edad de jubilación ordinaria, alcanzando los 67 años, y un incremento en el periodo mínimo de cotización.
Hasta el año fiscal 2023, los autónomos podían acceder al 100% de su pensión, retirándose a los 65 años con un mínimo de 37 años y nueve meses cotizados. Sin embargo, con el advenimiento de 2024, los criterios se han modificado. Ahora, para obtener el 100% de la pensión, se deben cumplir dos requisitos: tener 65 años y haber cotizado un mínimo de 38 años en la fecha de solicitud, o tener cumplidos 66 años y seis meses.
Para que un autónomo cobre la pensión completa debe tener 65 años y haber cotizado 38 años
¿Cómo calcular la pensión de jubilación para autónomos?
Calcular la pensión se convierte en un proceso que combina la base reguladora, los años cotizados y los nuevos coeficientes reductores establecidos por la Seguridad Social. Aquí te explicamos los puntos clave para entender este cálculo.
La base reguladora, piedra angular del proceso, se obtiene considerando los últimos 25 años cotizados antes del cese de la actividad laboral. Estos 300 meses se dividen entre 350, ya que la base de cotización se calcula en 12 meses, mientras que la pensión se abona en 14 pagas.
En caso de lagunas de cotización dentro de estos 300 meses, las primeras 48 cotizarán con el 100% de la base mínima, mientras que las siguientes lo harán con el 50% de dicha base. Este detalle añade complejidad al proceso, afectando directamente a la base reguladora final.
Una vez obtenida la base reguladora, se aplican coeficientes según los años cotizados. Quienes aspiran al 100% de la base reguladora deben contar con al menos 36 años y seis meses de cotización a la Seguridad Social.
Jubilación anticipada voluntaria
La jubilación anticipada voluntaria introduce novedades con coeficientes reductores mensuales. La reducción de la pensión se aplica sobre la cuantía, no sobre la base reguladora, marcando un cambio significativo respecto al sistema anterior.
La penalización varía según el número de meses que se anticipe la jubilación en relación con la edad legal (67 años o 65 años con 38 años y seis meses de cotización). Los porcentajes se detallan en el cuadro de coeficientes reductores de la Seguridad Social.
La disminución de la pensión por jubilación anticipada voluntaria oscila entre el 2,81% (en el mejor escenario, adelantando la jubilación un año con 44 años y seis meses cotizados) y el 21% (en el peor caso, adelantando la jubilación 24 meses con menos de 38 años y seis meses cotizados).
La disminución de la pensión por jubilación anticipada voluntaria oscila entre el 2,81% y el 21%
Jubilación anticipada involuntaria o forzosa
En el caso de la jubilación anticipada involuntaria o forzosa, la reducción de la pensión varía del 0,50% (adelanto de un mes con 44 años y seis meses cotizados) hasta el 30% (adelanto de cuatro años con menos de 38 años y seis meses cotizados).
Un requisito adicional para la jubilación anticipada voluntaria es que la pensión resultante, tras aplicar los coeficientes reductores, debe ser superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al beneficiario al cumplir 65 años. Este requisito no se aplica a la jubilación anticipada involuntaria, añadiendo matices a un proceso ya de por sí complejo.