¿Cuánto subirá el Ingreso Mínimo Vital en 2025?
El Gobierno aprueba un incremento de las pensiones mínimas, las pensiones no contributivas (PNC) y el Ingreso Mínimo Vital de cara al próximo año
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda gestionada por la Seguridad Social dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas.
Para ello, proporciona un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica con el objetivo de garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias.
Cuáles son los requisitos
A la hora de solicitar el Ingreso Mínimo Vital conviene tener en cuenta que se puede solicitar de forma individual, o bien, como miembro de una unidad de convivencia.
A ojos de la Seguridad Social, las unidades de convivencia las conforman las personas que residen el mismo domicilio y que están unidas por un vínculo matrimonial, pareja de hecho o hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción.
No obstante, también lo pueden solicitar los ciudadanos con los que se convive por motivos de guarda con el objetivo de adopción o acogimiento familiar permanente.
Más allá de los requisitos económicos, las condiciones básicas que las personas interesadas en cobrar el Ingreso Mínimo Vital han de reunir son las que figuran a continuación:
- Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año, a excepción de: los menores incorporados a la unidad de convivencia, las víctimas de trata de seres humanos o de explotación sexual y las mujeres víctimas de violencia de género.
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, lo cual se acredita teniendo en consideración el patrimonio neto, los activos no societarios y el nivel de ingresos y rentas.
- Que la unidad de convivencia esté formada, al menos, desde hace seis meses.
Cuál es la cuantía
El importe del Ingreso Mínimo Vital viene determinado por la diferencia entre la renta garantizada que estipula la legislación vigente y el resto de ingresos que los beneficiarios puedan tener. Consecuentemente, únicamente se puede acceder a la prestación cuando estas rentas se sitúen por debajo de la renta garantizada, recuerda la Seguridad Social.
Hace algunos días, el Gobierno dio luz verde a la revalorización de las pensiones de la Seguridad Social, Clases Pasivas del Estado y otras prestaciones públicas para el próximo año. La subida, que será efectiva a partir del próximo 1 de enero, conlleva un aumento del 2,8% en este tipo de prestaciones.
El Ejecutivo también aprobó un incremento de las pensiones mínimas, las pensiones no contributivas (PNC) y el Ingreso Mínimo Vital en consonancia con lo establecido en el Real Decreto-ley 2/2023. Mientras que las pensiones mínimas experimentarán una subida del 6%, las pensiones no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital se revalorizarán un 9%.
¿Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital?
El IMV se puede solicitar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, lo que implica la acreditación de la identidad mediante certificado electrónico o sistema Cl@ve.
También es posible solicitarlo por internet sin certificado electrónico o sistema Cl@ve a partir del formulario habilitado por la Seguridad Social, si bien se deberá aportar una fotografía y una dirección de correo electrónico para verificar la identidad.
Las personas interesadas en solicitar el Ingreso Mínimo Vital podrán, asimismo, formalizar el trámite de manera presencial en los centros de atención e información de la Seguridad Social.
A lo largo del proceso de solicitud, es imprescindible aportar los documentos que se especifiquen para acreditar la residencia, situación familiar o económica.