Hacienda te vigila: estos contribuyentes están en el punto de mira

La Agencia Tributaria revisa las declaraciones de la Renta del ejercicio 2023 para evitar que haya irregularidades

Exterior de una oficina de la Agencia Tributaria. Foto: Ricardo Rubio / Europa Press

Exterior de una oficina de la Agencia Tributaria. Foto: Ricardo Rubio / Europa Press

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Hacienda está revisando las declaraciones de la Renta del ejercicio 2023. Es un trámite habitual, en el que pone el foco en distintos grupos de contribuyentes. Esta vez, reciben especial atención aquellos que obtuvieron ayudas durante la pandemia.

En concreto, se trata de los trabajadores autónomos que accedieron a subvenciones del Estado y que no cumplían con los requisitos o que no era cierto que habían suspendido su actividad económica. Si la Agencia Tributaria encuentra irregularidades, se pueden enfrentar a sanciones.

El caso se remonta a un informe del Tribunal de Cuentas de finales del año pasado, en el que advertía que había detectado incumplimientos e incidencias en la concesión de las prestaciones extraordinarias por cese de actividad durante la pandemia.

En total, registraron un total de 281.000 autónomos en esta situación, de los 1,5 millones de trabajadores por cuenta propia que se llevaron estas subvenciones durante la crisis sanitaria, que supusieron 4.000 millones de euros. De esta cantidad, unos 505,5 millones se habrían entregado a autónomos que no cumplían con los requisitos.

Por ejemplo, detalla el informe, 125.000 beneficiarios no cumplían los requisitos legalmente exigidos, como conceder la prestación sin estar dado de alta en la Seguridad Social o sin estar al corriente del  pago de las cuotas, o había incidencias en el procedimiento de reconocimiento, gestión y control de esta prestación, como duplicidades e incompatibilidades.

Asimismo, casi si el 20 % de los beneficiarios, unos 156.000 autónomos, cuya prestación fue reconocida como consecuencia de la suspensión de su actividad, tenían asociado un código de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) que, sin embargo, no se encontró recogido en el listado orientativo de actividades económicas efectivamente suspendidas.

Las cartas de Hacienda

Por ello, Hacienda está revisando si las deducciones aplicadas en la declaración de la Renta por estas ayudas son de verdad o si hay irregularidades. En estos casos, notificará a los contribuyentes para que reintegren el dinero recibido.

La Agencia Tributaria ya ha empezado a enviar estas notificaciones vía carta. También las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social están enviando notificaciones a sus trabajadores por cuenta propia para que acrediten esos requisitos que se pedían para las subvenciones; si no, también se les exigirá que devuelvan el dinero.

Sin embargo, si un autónomo recibe una de estas cartas, pero cumplía con los requisitos que se pedían para recibir la prestación, puede reclamar a Hacienda, por ejemplo justificando bien los requisitos.

Una persona hace la declaración de la Renta de Hacienda.
Hacienda está revisando si hay irregularidades en las deducciones aplicadas en la declaración de la Renta. Foto: Eduardo Parra / Europa Press

Cuando se recibe una carta de la Agencia Tributaria, el plazo para responder a las comunicaciones es, en la mayoría de casos, de 10 días hábiles. Si no se responde, se pueden aplicar recargos de entre el 5 y el 20% sobre el dinero que se deba, si la carta tiene que ver con deudas impagadas.

Otras notificaciones de Hacienda

Otras de las cartas más comunes que puede enviar la Agencia Tributaria son las siguientes:

  • Requerimientos: solicitan información adicional o aclaraciones sobre algunos aspectos específicos de la declaración.
  • Propuestas de liquidación: informan al contribuyente que se ha realizado un cálculo diferente en su declaración y proponen una nueva cantidad a pagar.
  • Resoluciones de procedimiento: explican decisiones tomadas por Hacienda sobre casos específicos, que pueden incluir sanciones.
  • Providencias de apremio: advierten que existen deudas impagadas e informan de las acciones que se tomarán para su cobro.
  • Diligencias de embargo: informan sobre el inicio de embargo de bienes o cuentas bancarias para saldar las deudas pendientes.
  • Inicios de investigación o inspección: avisan sobre la apertura de un proceso de revisión en profundidad de la situación fiscal del contribuyente.
  • Expedientes sancionadores: informan sobre las multas o sanciones interpuestas derivadas de incumplimientos tributario.

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