La guía clave para comprender cada término en la solicitud de una beca

El trámite para pedir una ayuda en el Ministerio de Educación puede complicarse a causa del vocabulario que utiliza la administración

Estudiantes en la universidad.

Una de las ayudas que ofrece el Ministerio de Educación son las becas a los estudiantes universitarios. Foto: Europa Press

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Las becas que pone en marcha el Ministerio de Educación cada curso escolar para los estudiantes de distintas edades son un alivio para muchas familias. Ayudas para la universidad y otros estudios no obligatorios, a la movilidad, otras dirigidas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo…, son algunas de las que pone a disposición de la ciudadanía el Gobierno español.

Sin embargo, solicitar estas becas no siempre es una tarea fácil. Además de las dificultades que puedan surgir a la hora de llevar a cabo el trámite de solicitud, el vocabulario que utiliza la administración no siempre es sencillo.

Por eso, el Ministerio ha elaborado una guía para conocer los conceptos que se usan a la hora de pedir las becas educativas:

Alegaciones

Son los argumentos con los que la persona interesada en la ayuda puede justificar que no está de acuerdo con la resolución de la beca, sea por algún error en los datos o en el procedimiento.

Cada vez que la administración envía una notificación, indica en esta la forma y el plazo disponible para presentar alegaciones.

Convocatoria

Es el documento que marca las normas legales que regulan el proceso de una beca, e informa de los requisitos, cuantías y procedimiento a seguir.

Cuantía

La beca general que entrega el Ministerio está formada por dos cantidades: fija y variable. Hay que cumplir una serie de condiciones para tener derecho a una de estas, o a las dos.

Decreto de umbrales

Es la regla que establece cuáles son los límites de renta familiar y las cantidades que se tienen en cuenta para conceder las ayudas.

Notificación

Es el texto oficial por el que la administración comunica cuestiones importantes relacionadas con la solicitud de la beca, como pedir documentos, la resolución provisional o la definitiva.

A través del correo electrónico se avisa que hay una notificación en la sede electrónica, pero la recomendación es entrar en esta periódicamente para consultar que no haya avisos pendientes. Como mínimo, una vez por semana, hasta que la beca esté resulta, para evitar que se pasen los plazos para entregar algún documento o para ejercer los derechos de reclamación.

Recurso de reposición

Es una solicitud que se dirige a un órgano administrativo para reclamar una cuestión con la que no se está de acuerdo, como puede ser la resolución definitiva de la beca. El plazo es de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución.

Sede electrónica

Es la plataforma digital donde se tramita todo el proceso de la beca, desde rellenar el formulario y presentar la solicitud, hasta recibir las notificaciones.

Solicitud

Es el formulario que la persona interesada tiene que rellenar con todos sus datos para presentarlo a la hora de pedir la ayuda.

Tramitación

Es el proceso que va desde que se presenta la beca y se valora, hasta que se resuelve. La solicitud pasa por varios estados:

  • Borrador: se ha rellenado el formulario, pero aún no se ha presentado la solicitud. Hay que clicar en «presentar» y asegurarse que no aparece ningún mensaje de error.
  • Presentada: se ha rellenado y presentado la solicitud de forma correcta. Se recomienda imprimir o descargar el justificante de presentación de la beca, además de entrar en la página principal de la sede, en «mis expedientes», para comprobar que el estado de la solicitud es «presentado».
  • En trámite en la Unidad de Becas, donde se revisa y completa la información y se comprueba que se cumplan los requisitos.
Trámites de solicitud de una beca.
La solicitud de la beca pasa por distintos estados durante su tramitación. Foto: Freepik
  • Pendiente de documentación solicitada; hay que entregarla en un plazo de 10 días hábiles.
  • En trámite en el Ministerio de Educación, que comprueba las condiciones económicas y qué cuantías se podrían corresponder si se cumplen todos los requisitos.
  • Resuelta: la solicitud se ha denegado o concedido.

Resolución definitiva

Confirma la cuantía total de la beca que se ha concedido, y se publica en un listado definitivo en la página web del Ministerio, en el que solo aparecen los solicitantes a los que se les ha concedido la beca y la cuantía que les corresponde.

Umbral

Es el límite máximo de renta familiar establecido para fijar el derecho a beca o a otros componentes.

Unidad de Becas

Es la unidad tramitadora, que comprueba datos personales, de familiares, sobre requisitos generales y aportan datos de tipo académico.

En el caso de los estudios universitarios, estas unidades son órganos dependientes de la propia universidad; si son no universitarios, son órganos provinciales que dependen de la consejería de educación de cada comunidad autónoma.

Unidad familiar

Los miembros de la unidad familiar son:

Dinero.
La cuantía de cada beca depende de los requisitos que cumpla la persona solicitante. Foto: Freepik
  • El padre y la madre.
  • El tutor o la persona que legalmente tenga la guarda o custodia de un menor de edad.
  • El estudiante que solicita la beca.
  • Los hermanos/as solteros menores de 25 años.
  • Los hermanos/as mayores de 25 años con discapacidad.
  • Los ascendientes de los padres (abuelos/as) que vivan con estos y puedan justificarlo con el certificado municipal.

Estos varían si se trata de una unidad familiar independiente (la forman el estudiante que solicita la beca, su cónyuge o pareja de hecho, e hijos/as que vivan en el mismo domicilio) o si se trata de una unidad familiar en caso de divorcio o separación legal (hay diferencias según si la custodia es compartida o no).

La convocatoria también considera como otros miembros de la unidad familiar aquellos que residan en el domicilio del estudiante que solicita la beca que tengan ingresos propios, no sean parientes de los restantes miembros de la unidad familiar y si no se puede justificar un alquiler de piso compartido.

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