El dinero que vas a tener que pagar a Hacienda si te toca el Gordo de Navidad

Ni el Gordo de Navidad se salva de la Agencia Tributaria: esta es la retención que aplican pero a partir de un determinado monto

Si ganas el Gordo también tendrás que tributar a Hacienda. Foto EFE-Fernando Villar

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Hacienda es como la banca de los casinos: siempre gana. La Agencia Tributaria tiene impuestos para toda clase de actividades, y eso también incluye a los juegos de azar. Y como cabe esperar, no se salva ni el Gordo de Navidad.

Pero esto no es algo de toda la vida: de hecho hace una década, más exactamente en 2013, se promulgó la ley que establecía un impuesto del 20% sobre los premios de las loterías que organizan tanto el Estado como las comunidades autónomas; además de entidades como la ONCE o la Cruz Roja.

Y da igual que uno sea residente o extranjero que estaba de paso, aunque estos últimos pueden solicitar la devolución del impuesto si es que España tiene un convenio de doble imposición tributaria con su país.

A partir de qué monto los premios pagan impuestos

Pero este 20% no es para cualquier premio de la lotería, sino que solo afecta a los más grandes, porque el mínimo exento de tributar es desde los 40.000 euros. O sea, los que caen bajo la lupa de Hacienda son el primer premio, el segundo y el tercero. Ya a partir del cuarto, se salvan de pagar impuestos.

Los impuestos de la lotería son a partir de los 40.000 euros. Foto EFE-Foto Alba Freixas

Pero cuidado, porque ese porcentaje no es uniforme, sino que depende del monto del premio.

El banco tiene la obligación de informar a Hacienda de la retención del impuesto, que la realiza al momento de cobrarlo

El tributo por el primero, segundo y tercer premio

En el blog de Caixabank lo explican muy claramente:

Si es que uno tiene la suerte de ser tocado por la varita mágica de la suerte y tiene uno de los décimos premiados con el Gordo, de los 400.000 euros que recibirá se quedará con 328.000 euros mientras que la Agencia Tributaria retendrá 72.000. ¿Por qué la diferencia? Es que, recordemos, los primeros 40.000 euros están exentos. El resto será la base imponible para tributar el 20% citado.

En el caso del segundo premio, de 125.000 euros el décimo, el agraciado se quedará con 108.000 euros y unos 17.000 quedarán en poder de la AEAT.

Y ya con los terceros premios, de los 50.000 euros que entrega Loterías y Apuestas del Estado, el afortunado recibirá 48.000 euros y Hacienda retendrá 2.000.

Qué pasa si un billete es compartido

Una de las dudas habituales entre los premiados es qué pasa si el décimo es compartido. Pues en este caso, los 40.000 euros que están exentos tienen que se prorrateados entre los participantes del billete, según el porcentaje de dinero que se había aportado para comprarlo.

Y lo que quede, es lo que tributará. Sacando ese trozo del pastel del premio, el resto se reparte entre los tocados por la suerte.

De nuevo el asesor fiscal de Caixabank Pedro Rodríguez lo explica: si entre cuatro amigos compraron un décimo que se lleva el segundo premio de 125.000 euros, la base imponible será de 85.000 euros (o sea, los 125.000 menos los 40.000 que están exentos).

La retención total, como decíamos, es de 17.000 euros, por lo que cada uno tributa 4.250 euros al fisco, y se lleva a su bolsillo 27.000 euros.

El Gordo reparte millones de euros en premios. Foto EFE-Javier Lizón

Cuidado con aparentar una donación

Pero hay que tener cuidado de no caer en el error que una persona cobre el premio, ejecute el tributo y reparta el dinero remanente entre los beneficiados.

La Agencia Tributaria lo consideraría una donación y los demás tendrían que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Lo mejor, en este caso, es que todos los premiados concurran al banco a cobrar el premio, que la entidad ya se encarga de informar a la Agencia Tributaria y de realizar la retención del 20%.

Sin embargo, las personas premiadas tienen que consignar este tributo en el modelo 136 cuando hagan la declaración de la Renta.

Otro punto importante es que tanto los que tributan bajo el régimen de IRPF como los no residentes no tienen que declarar los efectos del premio, a menos que haya tenido rendimientos económicos como intereses en un plazo fijo.

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