¿Te sale a pagar? Así puedes fraccionar tu declaración de la Renta

Fraccionar los gastos es una gran opción si la devolución que tienes que realizar a Hacienda puede suponerte un gran impacto

Declaración de la Renta

Fraccionar en dos pagos tu declaración de la Renta no tiene ninguna comisión

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Desde el día 2 de abril, los españoles ya pueden rendir cuentas con el fisco presentando el borrador de la declaración de la Renta por lo tributado en 2024. En las primeras horas, más de un millón de personas cumplieron cuentas y, según Taxdown se estima que a un 70% de los usuarios les sale a devolver, es decir, Hacienda debe pagarles.

El otro 30% está obligado a pagar, abonando el IRPF que no les han retenido durante su año laboral. El problema es que muchas veces es inesperado, produciendo un problema económico en el momento en el que se realiza la declaración de la Renta. Para evitar un gran impacto, la Agencia Tributaria da la oportunidad de fraccionar el pago y aplazarlo.

Antes de nada, es importante conocer las fechas claves de la campaña de la Renta 2024. El borrador online se puede realizar desde el pasado 2 de abril. El 29 de abril comenzará el plazo para solicitar la cita previa para presentarla por vía telefónica, y será el 6 de mayo cuando comenzará a poder realizarse.

El 29 de mayo abrirá el plazo para solicitar cita previa para la atención presencial y el 2 de junio ya estará activa en oficinas tributarias de todo el país. Cabe señalar que el 25 de junio es la fecha límite para domiciliar el pago si la declaración sale a pagar. Finalmente, el 30 de junio será el último día para presentar la declaración de la Renta.

Cómo fraccionar el pago de la declaración de la Renta

Si realizas el borrador y tu declaración de la Renta te sale a pagar, es importante que sepas que no estás obligado a hacerlo todo de una vez. Como hemos mencionado anteriormente, la Agencia Tributaria permite dividir el pago en dos veces o incluso solicitar un aplazamiento mayor si lo necesitas, aunque esta opción no está exenta de comisiones que van aumentando en función del retraso.

La primera opción disponible es fraccionar el pago en dos plazos, que no tiene intereses. El primer pago, el 60% del total, debes abonarlo al presentar la declaración de la Renta. El segundo pago, el 40% restante, debes pagarlo antes del 5 de noviembre de 2025. Esta opción es automática, pero si no pagas el 60% inicial, perderás el derecho al fraccionamiento y Hacienda iniciará el cobro completo de la deuda.

Puedes fraccionar el pago
Tienes hasta junio para solicitar el fraccionamiento de la declaración de la Renta

Si el 60% que debes pagar al principio te es complicado, existe el denominado aplazamiento personalizado, donde tendrás más plazos para pagar tu deuda. Para ello, tendrás que presentar una solicitud explicando tus motivos y proponiendo un calendario de pagos. Es importante que adjuntes documentos que contextualicen tu situación económica y la falta de liquidez. Si Hacienda acepta, debes saber que esta operación tiene un interés del 4,06%.

El proceso para seleccionar el fraccionamiento es muy sencillo. Primero debes elegir la opción de domiciliar ambos pagos al revisar el borrador de tu declaración de la renta. Después indica el número de cuenta bancaria, que esté al nombre del declarante, donde quieres que se realicen los cargos. Esta modalidad estará disponible hasta el 26 de junio de 2024.

Aplazamiento del pago

Si no pagas la declaración de la Renta dentro del plazo establecido, la Agencia Tributaria comenzará a imponerte comisiones, pudiendo cometer un delito penal. Todo dependerá de cuánto tiempo tardes en regularizar la situación y de la cantidad que tienes que abonar. Ahora bien, si te retrasas, pero pagas por iniciativa propia, las comisiones serán las siguientes:

  • 3 meses de retraso: 5%.
  • 6 meses: 10%.
  • 12 meses: 15%.
  • Más de 12 meses: 20%, más intereses de demora del 4,0625% por año.

Si Hacienda detecta el impago y te reclama el dinero, el recargo pasa a ser una sanción que puede oscilar entre el 50% y el 150% de lo que debías pagar, pudiendo producirse un embargo de cuentas, nóminas o bienes para abonar lo que corresponde.

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