Foment lleva a la Audiencia Nacional el límite del impuesto de Patrimonio
La patronal que preside Josep Sánchez Llibre persigue limitar el impuesto sobre la renta (IRPF) y el patrimonio al 50% de los ingresos anuales
La patronal catalana Foment del Treball ha presentado un recurso ante la Audiencia Nacional para conseguir limitar el impuesto sobre la renta (IRPF) y el patrimonio al 50% de los ingresos anuales en la tributación conjunta en España, tal y como fijó el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
Concretamente, el recurso busca que este alto tribunal promueva una cuestión de inconstitucionalidad contra el impuesto de patrimonio tomando como argumento que éste contraviene la Constitución, que prohíbe que el sistema tributario sea confiscatorio, según ha confirmado la patronal que preside Josep Sánchez Llibre y recoge Efe.
A juicio de la patronal, muchas personas acaban pagando más por patrimonio que por las rentas que obtienen en un año debido a la escasa rentabilidad de los activos.
El recurso, firmado por el bufete Crowe Legal y Tributario, va dirigido contra la orden ministerial que aprueba el modelo de presentación y pago del Impuesto sobre el Patrimonio (IP).
La ley establece que la tributación conjunta del IRPF y patrimonio no puede superar el 60% de la renta anual del contribuyente
La petición de Foment pide que se declare también que la orden contraviene los tratados internacionales suscritos por España, especialmente el Convenio de Roma y sus protocolos de desarrollo.
En la actualidad, la ley que regula el impuesto de patrimonio establece que la tributación conjunta del IRPF y patrimonio no puede superar el 60% de la renta anual del contribuyente, pero fija una tributación mínima por el segundo, que puede hacer subir el umbral.
Tribunales europeos
El recurso ante la Audiencia Nacional abre la puerta a Foment a acudir después a los tribunales europeos en el caso de ser desestimado.
En primer lugar, Foment debería recurrir la no presentación de la cuestión al TC ante el Tribunal Supremo y posteriormente ante el TEDH. Si el Constitucional avala la constitucionalidad del impuesto también podría acudir al tribunal europeo.