Evita arruinarte con la herencia: estas son las únicas deudas que no se pueden transmitir
Desde sanciones hasta solidaridad financiera entre herederos: conoce tus opciones y responsabilidades legales en el mundo de las deudas testamentarias
Cuando nos enfrentamos a la recepción de una herencia, la incertidumbre sobre las posibles deudas dejadas por el fallecido es una preocupación común entre los herederos. A pesar de que tanto los bienes como las deudas son transferibles, es crucial comprender en detalle qué tipo de deudas pueden heredarse y cómo manejar esta situación delicada.
Es vital tener presente que los herederos no están obligados a aceptar la herencia de manera directa. Existen opciones como rechazarla o aceptarla a beneficio de inventario, donde las deudas se liquidarán con los bienes heredados. No obstante, no todas las deudas se transmiten de la misma manera, y esta distinción requiere una consideración cuidadosa.
Diversos tipos de deudas se contraen con distintos acreedores, como bancos o entidades gubernamentales. Aunque todas las deudas son, en principio, susceptibles de heredarse, hay una excepción crucial: las sanciones. Debido a su naturaleza personalísima, las sanciones no se transmiten a los herederos.
Sanciones: la excepción a la regla
A diferencia de las deudas, las sanciones requieren la comisión de una infracción para su aplicación. Aunque las herencias pueden rechazarse, no se puede renunciar selectivamente a ciertas deudas. Optar por rechazar la herencia implica un rechazo total, abarcando tanto deudas como bienes.
Es recomendable, antes de tomar una decisión, profundizar en el conocimiento del patrimonio del fallecido y, si es necesario, buscar asesoramiento profesional. La complejidad del tema puede generar dudas debido a las diversas situaciones que pueden surgir durante el proceso de herencia.
A pesar de la percepción común de que heredar implica un aumento del patrimonio, también implica asumir las obligaciones pendientes del difunto. Similar a la herencia de bienes, las deudas también se heredan. No obstante, la aceptación de la herencia no implica automáticamente asumir todas las deudas de manera obligatoria.
El artículo 1003 del Código Civil establece que, mediante la aceptación pura y simple o sin beneficio de inventario, el heredero se vuelve responsable de todas las cargas de la herencia, tanto con los bienes heredados como con los propios.
Responsabilidad compartida: Pago de deudas entre herederos
La responsabilidad de asumir estas cargas, cuando hay varios herederos, es solidaria, según lo respalda la jurisprudencia. Las deudas se distribuyen de manera conjunta entre todos los herederos, lo que significa que los acreedores pueden reclamar el pago total a cualquiera de ellos.
Las deudas se distribuyen de manera conjunta entre todos los herederos
Después de realizar el pago, el heredero que asumió las deudas tiene derecho a solicitar el reembolso proporcional a los demás herederos, según establece el artículo 1084 del Código Civil. Sin embargo, este proceso puede generar conflictos familiares, y la Dirección General de Tributos ofrece una alternativa: si la deuda se reclama a un solo heredero, este puede solicitar a la Administración Tributaria dividir la reclamación y distribuirla entre los demás sucesores que hayan aceptado la herencia.
Opciones ante las deudas: Aceptar, rechazar o a beneficio de inventario
Las leyes españolas brindan tres opciones a los herederos. La primera es aceptar la herencia, lo que implica heredar tanto bienes como deudas. La segunda es renunciar a la herencia, una opción común cuando las deudas superan significativamente el valor de los bienes heredados.
Es fundamental tener en cuenta que la renuncia es irrevocable; una vez rechazada ante notario, no hay forma de beneficiarse de la herencia. La tercera opción es aceptarla a beneficio de inventario, una alternativa ventajosa cuando se heredan deudas, pero el valor de los bienes es superior al de las obligaciones financieras.