La edad de jubilación cambiará en pocos días: vuelve a subir
Los periodos mínimos de cotización para poder retirarse a los 65 años también se incrementan en 2025
Se acerca la entrada del nuevo año y con ello llegan nuevos cambios en las pensiones y en la jubilación. Recientemente, se ha aprobado el aumento definitivo de las prestaciones, pero 2025 también empieza con un nuevo retraso en la edad de jubilación.
En la actualidad, la edad legal de jubilación ordinaria en España para poder cobrar el 100% de la base reguladora se retrasa desde 2013 de manera anual. El objetivo es llegar a los 67 años en 2027, para aquellos que hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses.
En 2024, la edad marcada para acceder al retiro ordinario es a los 66 años y 6 meses. Sin embargo, si se tienen 38 años o más cotizados a la Seguridad Social, se puede adelantar a los 65 años.
De cara a 2025, el requisito para jubilarse a los 65 años sube hasta los 38 años y tres meses o más cotizados. Si no se llega a esta cifra, la edad de jubilación se retrasa a los 66 años y 8 meses.
La tabla completa para los próximos años queda de la siguiente manera:
Requisitos para optar a una pensión de jubilación
Para poder recibir una prestación por jubilación, es necesario:
- Haber llegado a la edad legal para retirarse.
- Tener cotizados un mínimo de 15 años.
Si no se llega a esta cifra, se percibirá el 50% de la futura pensión. Para obtener la pensión máxima hay que tener cotizados los años que se marcan anualmente en la tabla anterior.
Si se cumplen los requisitos, la persona interesada tiene que ponerse en contacto con la Seguridad Social --sea por teléfono o a través de su página web-- para poder rellenar el formulario de solicitud de la jubilación, que requiere algunos datos personales, fiscales y de cotización.
El impreso se puede presentar hasta seis meses antes de la edad de retiro legal en las oficinas de la Seguridad Social, y hasta seis meses después de que se produzca el cese de la actividad laboral.
Jubilación anticipada
Además de la jubilación ordinaria, existe la anticipada, a la que se puede acceder desde dos años antes de la edad de retiro legal. Por lo tanto, en 2025 la edad de jubilación anticipada voluntaria también se retrasa, hasta los 64 años y ocho meses; en el caso de las personas que tengan 38 años y tres meses cotizados y puedan retirarse a los 65 años, la edad de jubilación anticipada se mantiene en los 63 años.
Para acceder a esta, hay que tener acumulados un mínimo de 35 años cotizados a la Seguridad Social. Además, la cuantía de la pensión debe ser superior a la pensión mínima que le correspondería al interesado a los 65 años.
No obstante, retirarse antes de tiempo implica ver reducida la pensión que se obtendría al llegar a la edad de jubilación ordinaria. El nuevo año que entra también trae consigo un aumento de los coeficientes reductores para las personas que opten por la anticipada.
Estos coeficientes se aplican en función del número de años de adelanto y los periodos cotizados, por cada trimestre o mes de adelanto respecto a la edad de jubilación ordinaria.
Así, quienes decidan retirarse a los 64 años y ocho meses, con menos de 38 años y seis meses de cotización, enfrentarán un coeficiente reductor del 1,05% por cada mes de adelanto. A partir de ese punto, la penalización se incrementará mensualmente, llegando a una reducción máxima del 7,40% si la jubilación se adelanta dos años completos.