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La edad de jubilación vuelve a cambiar en 2025: conoce todos los detalles
Poder acceder a la jubilación depende de una serie de criterios de edad y de cotizaciones a la Seguridad Social
La jubilación es uno de los momentos de la vida de las personas que con más ganas se esperan. En la actualidad, la edad legal de jubilación ordinaria en España para poder cobrar el 100% de la base reguladora se retrasa desde 2013 de manera anual. El objetivo es llegar a los 67 años en 2027, para aquellos que hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses.
Según los últimos datos de la Seguridad Social, del mes de agosto, el gasto destinado a las pensiones batió un nuevo récord y se enfiló hasta rozar los 12.829 millones de euros, un 6,5% más que en el mismo mes de 2023. Esto se debe a la revalorización de las pensiones, que ha comportado una subida del 3,8% este año.
Así, la pensión media ha subido hasta los 1.256,7 euros mensuales. En cuanto a la de jubilación, asciende a 1.444,3 euros al mes. Estas representan el 73,1% del desembolso total de la Seguridad Social, 9.378,6 millones de euros. De las 10,2 millones de pensiones contributivas abonadas, 6,5 millones son de jubilación.
Retraso de la edad de jubilación
Estos datos, así como la cada vez más cercana jubilación de la generación del baby boom, obligan a la Seguridad Social a mantener una tasa alta de afiliados a la Seguridad Social, por lo que las condiciones para jubilarse se endurecen año tras año.
En 2024, la edad marcada para acceder a la jubilación ordinaria es a los 66 años y 6 meses. Sin embargo, si se tienen 38 años o más cotizados a la Seguridad Social, se puede adelantar a los 65 años.
De cara a 2025, el requisito para jubilarse a los 65 años se incrementa hasta los 38 años y tres meses o más cotizados. Si no se llega a esta cifra, la edad de jubilación se retrasa a los 66 años y 8 meses.
La tabla completa para los próximos años queda de la siguiente manera:
Jubilación anticipada
Par evitar esperar hasta la tan ansiada edad para jubilarse de manera ordinaria, existe la modalidad de jubilación anticipada. No obstante, esta está sujeta a algunas condiciones, como perder una parte de la pensión.
Para acceder a esta tipología, hace falta tener al menos 35 años cotizados. Además, la cuantía de la pensión debe ser superior a la pensión mínima que le correspondería al interesado a los 65 años: es decir, se aplica un coeficiente reductor en función del número de años de adelanto y los periodos cotizados, por cada trimestre o mes de adelanto respecto a la edad de jubilación ordinaria.
Estos coeficientes van desde el 2,81% hasta el 21%. Por lo tanto, en el ejemplo de una pensión de 1.500 euros, si la jubilación se anticipa un mes, se perderían unos 40 euros. Si se decidera adelantar el retiro 2 años y, además, se tienen menos de 38 años y 6 meses, la pensión se reduciría 315 euros al mes.
Hay algunos casos en los que es posible jubilarse anticipadamente y mantener el 100% de la pensión. Se trata de los funcionarios bajo el régimen de clases pasivas, que pueden jubilarse a los 60 años si han prestado un mínimo de 30 años de servicio al Estado y, si además acumulan 35 años de cotización, pueden retirarse con la pensión íntegra.
También quienes desempeñan trabajos excepcionalmente penosos, peligrosos, tóxicos o insalubres pueden retirarse antes de tiempo, a los 52 años. Este grupo incluye mineros, pilotos y tripulación aérea, toreros, bomberos, policías locales, trabajadores ferroviarios, artistas y personal de la Ertzaintza.
Finalmente, los trabajadores con una discapacidad reconocida igual o superior al 45% también pueden jubilarse a partir de los 52 años con el 100% de la pensión.