¿Has dejado tu trabajo? Este es el único motivo que te da derecho a cobrar el paro

Existen excepciones con las que puedes estar cubierto incluso si decides dejar tu trabajo en determinadas circunstancias

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Se puede cobrar el paro habiendo dejado un trabajo por voluntad propia

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Cuando un trabajador deja de manera voluntaria su puesto laboral no hay derecho de cobrar paro, siempre y cuando no tengas meses pendientes de la prestación que no llegaste a cobrar. No obstante, existen varios casos en los que el SEPE considera que, a pesar de tratarse de una decisión voluntaria, puede estar forzado por algún otro motivo.

Por ejemplo, si María que lleva en la misma empresa 4 años toma la decisión de dejar su trabajo para buscar un nuevo rumbo profesional, no tendrá derecho a cobrar el paro. Diferente situación es si la empleada ha decidido abandonar su puesto por alguna decisión de la empresa que afecta directamente en el desempeño del mismo.

Actualmente, según los últimos datos de la Seguridad Social, el número de personas registradas como desempleadas en España es de aproximadamente 2,57 millones, representando un incremento en comparación con el mes anterior. La tasa de desempleo para finales de 2024 se estima en torno al 11,1%, ligeramente superior a la previsión inicial del 11%​.

El motivo que te dará derecho a paro

El SEPE establece que, en algunas situaciones límites, el trabajador que deja su puesto por voluntad propia puede llegar a cobrar el paro que le perteneciera si le hubieran despedido.

El primero de los principios que podría darte derecho a cobrar el paro es una modificación sustancial de las condiciones laborales. Si tu empresa altera aspectos clave como el horario, el salario o las funciones de tu puesto de manera significativa y desfavorable, puedes renunciar y solicitar el paro. Estos cambios deben ser lo suficientemente importantes como para afectar negativamente tus condiciones laborales.

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Si te obligan a cambiar de horario forzosamente, pues cobrar el paro

Si la empresa no te paga o lo hace más tarde de lo estipulado por ley durante varios meses, también es motivo suficiente para abandonar el puesto laboral y cobrar el paro como si hubiera existido un despido.

Otra situación que el SEPE considera como motivo es el traslado con cambio de residencia. Si la empresa te exige trasladarte a una nueva ubicación que implique cambiar de residencia, también puedes solicitar el paro. Este cambio debe suponer un impacto considerable tanto en tu vida personal como profesional.

Cuánto paro tengo según el tiempo trabajado

Una vez se confirme que tienes derecho a cobrar la prestación por desempleo, el tiempo que hayas acumulado trabajando, tanto en esta como en otra empresa, será determinante para saber durante cuantos meses tendrás derecho hasta un máximo de 24, es decir, dos años. Incluso puedes solicitar cobrar todo el paro que te pertenezca de golpe.

Días de prestación según cotización:

  • 360 a 539 días cotizados: 4 meses de prestación.
  • 540 a 719 días cotizados: 6 meses de prestación.
  • 720 a 899 días cotizados: 8 meses de prestación.
  • 900 a 1079 días cotizados: 10 meses de prestación.
  • 1080 a 1259 días cotizados: 1 año y 2 meses de prestación.
  • 1260 a 1439 días cotizados: 1 año y 2 meses de prestación.
  • 1440 a 1619 días cotizados: 1 año y 4 meses de prestación.
  • 1620 a 1799 días cotizados: 1 año y 6 meses de prestación.
  • 1800 a 1979 días cotizados: 1 año y 8 meses de prestación.
  • 1980 a 2159 días cotizados: 1 año y 10 meses de prestación.
  • Desde 2160 días cotizados: 2 años de de prestación.

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