¿Cuál es la cantidad mínima de deudas para declararse en quiebra?

Para recurrir a la quiebra es necesario reunir ciertos requisitos que demuestren que no puedes hacer frente tus obligaciones económicas

declararse quiebra / comercios cerrados

Una persona pasa por delante de un comercio cerrado. Foto: Eduardo Parra / Europa Press

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En momentos de crisis financiera, declararse en quiebra o en insolvencia puede convertirse en una opción para quienes consideran que no tienen otra salida frente a sus obligaciones económicas. Evaluar cuándo es el momento adecuado para tomar esta decisión no solo requiere comprender la situación personal, sino también conocer los requisitos legales que se deben reunir.

Aunque muchas personas temen el estigma asociado, este proceso está pensado como un mecanismo de alivio y reestructuración. Si estás enfrentando una carga financiera abrumadora, es crucial saber si hay un límite de deudas necesario poder optar por esta medida. En este escenario, lo primero que debes saber es que en España existe la Ley de la Segunda Oportunidad, una normativa destinada a las personas que, por distintas razones, no han podido continuar con sus negocios.

Además, este grupo presenta deudas con sus acreedores y les es imposible llegar a pagar estos créditos. Para ello, esta ley te ayuda a eliminar los impagos de forma segura.

Qué es la quiebra

Declararse en quiebra o insolvente quiere decir que no puedes atender tus obligaciones de pago, según el blog Tu Segunda Oportunidad. Esto sucede cuando lo que tenemos es menor que lo que debemos y nuestras deudas ya han llegado a un límite.

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Un comercio cerrado en Madrid. Foto: Eduardo Parra / Europa Press

Sin embargo, para recurrir a este recurso debes demostrar que con tus ganancias no puedes cubrir tus necesidades básicas, desde la alimentación y vivienda hasta el pago de suministros, educación de tus hijos, entre otros conceptos.

Por lógica, si no puedes hacer frente a estas necesidades básicas, menos se podrá afrontar las deudas pendientes.

Requisitos para la insolvencia

  • Todas las deudas no pueden exceder los 5 millones de euros
  • El autónomo o persona física debe incumplir la obligación de pago de más de dos deudas durante 90 días y a favor de al menos dos acreedores
  • El valor total de las deudas deben representar al menos 10% de todas las obligaciones económicas del deudor
  • Las deudas deben haber sido contraídas durante el desarrollo de la actividad
  • No debe hacer sentencia firme (final) en contra del deudor durante el año previo por delitos relacionados con Hacienda, Seguridad Social, entre otros

Es importante mencionar que la Ley de Segunda Oportunidad «interpreta que sólo nos queda cancelar las deudas o renegociarlas porque es imposible hacerse cargo de ellas», indica la web mencionada.

Cómo me declaro en quiebra

El primer paso es dirigirse al Juzgado de lo Mercantil para pedir la declaración de concurso y presentarla junto con la documentación que acredite la situación de insolvencia.

Una vez hecho este paso, el juez deberá decidir si es que el deudor cumple o no con los requisitos. Si este decide denegar la solicitud, el proceso finalizaría en ese momento y le tocaría al deudor a buscar otras formas de hacer frente a las deudas.

En caso se acepte la petición, se abrirá un procedimiento regulado por la Ley Concursal. Aquí entra en juego el Administrador Concursal, un profesional que se encargará de negociar con los acreedores tomando en cuenta el perfil del deudor.

Lo ideal es que se llegue a un consenso entre todas las partes y concretar una resolución en un convenio. Si la situación no es favorable, se procederá a liquidar en el patrimonio del deudor para saldar todas las deudas.

Cuando el deudor se declara insolvente, se paraliza de forma automática el pago de todos los intereses y de las reclamaciones que han hecho los acreedores asociados a los impagos.

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