¿Puedo cancelar un depósito antes de cumplir el plazo?
Los depósitos cuentan con una fecha de vencimiento, que marca cuando se puede retirar el dinero depositado en el producto financiero
Cuando se dispone de una pequeña cantidad de dinero ahorrado, acostumbra a surgir una duda: ¿Qué se puede hacer con el importe?. Y es que, el abanico de opciones es infinito. Mientras que algunas personas pueden optar por guardarlo a bien recaudo en sus viviendas, otras pueden decantarse por acometer una inversión o contratar un producto financiero.
En este sentido, una de las alternativas más interesantes para las personas que se encuentran ante esta disyuntiva es la contratación de un depósito bancario en una entidad financiera. Se trata de un producto en el cual los clientes entregan su dinero a lo largo de un plazo de tiempo determinado, de manera que, una vez finaliza el plazo se obtiene la cantidad ingresada y los intereses generados.
Un producto remunerado
La remuneración que ofrece cada banco por el dinero depositado estará sujeta tanto a las condiciones de mercado como a la política comercial de la entidad financiera, tal y como concreta el Banco de España en su página web. Para conocer el rendimiento efectivo del depósito es indispensable fijarse en la TAE, puesto que incluye el tipo de interés, pero también las comisiones y los gastos vinculados al producto financiero.
Si se pone el foco sobre los depósitos a plazo fijo, los usuarios han de saber que existen dos modalidades. Mientras que en los depósitos con un tipo de interés fijo el dinero depositado se retribuye con el mismo importe, en los depósitos estructurados el rendimiento varía según la fluctuación de un activo de referencia.
Contratación del depósito
Teniendo en cuenta que en en el contrato recoge todas las condiciones del depósito bancario es de vital importancia prestar atención a distintos detalles antes de firmar el documento. Según desgrana el supervisor bancario, antes de contratar producto alguno, la entidad financiera debe facilitar toda la información necesaria para comparar las ofertas y tomar una decisión informada.
El contrato debe recoger la duración, las comisiones y la TAE
Entre los distintos aspectos que el banco ha de desgranar antes de que el usuario contrate el producto figura la duración del contrato, las comisiones o gastos que pueda cobrar, la retribución ofrecida, la Tasa Anual Equivalente (TAE), la necesidad de contratar otros servicios y el fondo de garantía de depósitos al que está adherida la entidad financiera.
Los usuarios habrán de tener en cuenta que, una vez formalizado el contrato, en el caso de que la entidad financiera desee modificar las condiciones recogidas en el documento habrá de comunicarlo con una antelación mínima de un mes, tal y como enfatiza la institución financiera encabezada por Pablo Hernández De Cos.
Cancelar un depósito
Una de las características fundamentales de los depósitos a plazo es que cuentan con una fecha de vencimiento. Por ese motivo, no será posible disponer de la cuantía económica que se haya ingresado en el producto hasta que llegue el día fijado en la contratación del depósito, a excepción, claro está, que el documento recoja la opción de cancelarlo de forma anticipada.
La cancelación del depósito depende de las condiciones del producto contratado, dado que algunos permiten la retirada del dinero antes de la fecha de vencimiento y otros no. Cabe destacar que el plazo puede variar desde algunos meses hasta varios años, por ese motivo, es importante meditar sosegadamente la decisión de contratar el producto.
Eso sí, conviene tener en cuenta que, cuando se retira el dinero antes de la fecha de vencimiento que el cliente y el banco hubieran acordado en el contrato, acostumbra a exigirse el pago de una penalización o comisión a la entidad financiera, siempre y cuando se concrete de forma explícita en el documento, hace hincapié el Banco de España.
En cualquier caso, la comisión que cobre el banco al usuario no podrá exceder a los intereses brutos que se hayan generado desde el inicio del depósito hasta la fecha de cancelación. No obstante, esta limitación no afecta a la obligación de la entidad de practicar la retención fiscal prevista en la normativa, por lo que, puede ocurrir que tras la cancelación anticipada el cliente obtenga una cantidad inferior a la depositada incialmente.