Cambios radicales en el SEPE: estas son las ayudas y subsidios que se eliminan en noviembre

La reforma del sistema de subsidios por desempleo implica la creación de nuevas prestaciones

Una oficina del SEPE, en Madrid. Foto: Jesús Hellín / Europa Press

Una oficina del SEPE, en Madrid. Foto: Jesús Hellín / Europa Press

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El próximo 1 de noviembre entra en vigor la reforma del sistema de subsidios por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Una normativa que se aprobó el pasado mes de mayo, con el Real Decreto-ley 2/2024, que pretende simplificar y mejorar el nivel asistencial de la protección del empleo.

De esta manera, la reforma implicará nuevas ayudas, pero también se modifican o se eliminan otras. El objetivo es que el proceso administrativo para solicitar un subsidio sea más ágil.

Ampliación del Subsidio por Desempleo

La reestructuración del sistema de ayudas implica la ampliación del subsidio por desempleo, es decir, que va destinado a las personas que hayan agotado o no tienen derecho a paro –la prestación contributiva– por no haber cotizado lo suficiente.

Los beneficiarios de la ayuda se aumentan a colectivos que, hasta ahora, carecían de esta cobertura, y son los siguientes:

  • Menores de 45 años sin responsabilidades familiares
  • Trabajadores agrarios eventuales
  • Trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla
  • Los españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva
  • Mayores de 16 años víctimas de violencia de género o sexual

Las cuantías del subsidio serán las siguientes, basadas en el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples:

  • 6 primeros meses: 570 euros (95% del IPREM)
  • 6 meses siguientes: 540 euros (90% del IPREM)
  • Resto del periodo: 480 euros (80% del IPREM)

Por lo tanto, los porcentajes para calcular el subsidio se han incrementado, por lo que la cantidad es 90 euros mensuales más elevada.

Eliminación del Subsidio Extraordinario por Desempleo

Paralelamente, la reforma implica la desaparición del Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), una ayuda de 480 euros al mes durante un máximo de seis meses para aquellas personas que han agotado todos las prestaciones contributivas y asistenciales disponibles, pero que aún no han encontrado un empleo.

Las personas que lo estén recibiendo podrán continuar con la ayuda hasta agotar los seis meses, pero a partir de noviembre ya no se podrá solicitar.

Como alternativas a este subsidio, hay el Ingreso Mínimo Vital (IMV), aunque, en este caso, se piden unos requisitos específicos que hacen que no sea tan sencillo recibirlo.

También se recomienda consultar directamente con el SEPE, servicios sociales o asesores laborales qué alternativas hay en cada situación específica, pues existen otras ayudas a nivel autonómico que se pueden consultar en las oficinas de la Seguridad Social.

Otras medidas de la reforma

La propuesta del Gobierno incorpora otras medidas para agilizar los trámites y facilitar a la ciudadanía la tramitación de las prestaciones:

Subsidios y ayudas.
El objetivo de la reforma es que el proceso administrativo para solicitar un subsidio sea más ágil. Foto: Freepik
  • Se elimina el mes de espera para poder pedir el subsidio cuando se agota el paro con el objetivo de evitar vacíos en la cobertura de los colectivos más vulnerables.
  • Se elimina la actual deducción en la cuantía del subsidio por trabajo a tiempo parcial, para que estos trabajadores tengan garantizados los mismos derechos que los empleados a tiempo completo; cobrarán, así, el importe íntegro de la ayuda.
  • Se modifica el requisito de insuficiencia de renta para facilitar su cumplimiento, ya que la renta podrá calcularse individualmente o por unidad familiar (incluyendo también parejas de hecho). Este requisito podrá acreditarse mediante «declaración responsable», verificándose estos datos con posterioridad.
  • Se reducen a 10 las peonadas necesarias para que los jornaleros de Andalucía y Extremadura accedan al subsidio.
  • Las renovaciones se realizarán trimestralmente para agilizar y rebajar la carga burocrática.
  • El colectivo de parados de larga duración se incorporará de manera prioritaria a programas y acciones de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo para su reincorporación al mercado laboral. Además, se regula la transición del cobro de la ayuda al cobro del Ingreso Mínimo Vital.

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