Todas las ayudas que los autónomos pueden tener antes de acabar el año
Los autónomos han sido de los más perjudicados de la crisis económica derivada de la inflación y de la subida generalizada de los precios. A su vez, es uno de los principales colectivos de trabajo en España: la Encuesta de Población Activa (EPA) del segundo trimestre de 2023 reveló que el número de trabajadores por cuenta propia creció en 97.300 personas, con incrementos tanto en los autónomos empleadores como de los empresarios sin trabajadores a su cargo.
Los autónomos todavía pueden solicitar algunas ayudas para sus negocios antes de que acabe el año e incluso a partir de 2024
Sin embargo, son muchos autónomos que tienen dificultades económicas parar tirar adelante con su negocio, sobre todo, en el actual contexto económico marcado por la elevada inflación y la subida de los tipos de interés por parte del Banco Central Europeo (BCE) y que repercute en las cuotas hipotecarias de sus locales.
Bajo este contexto, el Gobierno central y las autonomías cuentan con varias ayudas para echar una mano a este colectivo tan importante para el empleo en el país.
Todas las ayudas que los autónomos pueden tener antes de acabar el año
Con la puesta en marcha del nuevo sistema de cotización para autónomos en función de los ingresos reales, también se ha producido un aumento en la tarifa plana para los nuevos autónomos, que pasa de 60 a 80 euros.
Esto ha provocado que desde algunas comunidades autónomas como Madrid, Andalucía y Murcia hayan puesto en marcha la cuota cero para autónomos que se den de alta este año para compensar la carga de gasto que supondrán los cambios de cotización a la Seguridad Social a partir de 2023.
A estas comunidades también se ha sumado Baleares, que en su caso concederá esta ayuda sólo a mujeres emprendedoras y autónomos menores de 35 años; y La Rioja, que proporcionará esta subvención durante el primer año.
Con la cuota cero, los autónomos tendrán bonificadas el 100% de sus cotizaciones sociales durante el primer año de actividad, prorrogable a otros 12 meses más en el caso de que las ganancias netas sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.
Los nuevos autónomos madrileños, andaluces, murcianos, baleares y riojanos que quieran acogerse a la cuota cero a partir de 2023 tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
- No haber estado de alta como autónomo en los 2 últimos años.
- No ser autónomo colaborador.
- No tener deudas con Hacienda y la Seguridad Social.
- Estar dado de alta en la tarifa plana estatal de 80 euros.
- Presentar en la web de su comunidad autónoma toda la documentación necesaria para el alta en el RETA o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
Asimismo, a principios de año, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y que entró en vigor el pasado 1 de septiembre.
Concretamente, pueden beneficiarse de estos incentivos en la contratación: empresas u otros empleadores, las personas trabajadores por cuenta propia o autónomos, sociedades laborales o cooperativas por la incorporación de personas socias trabajadoras y las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro.
Los incentivos a la contratación se focalizan en los contratos indefinidos celebrados con personas de atención prioritaria, así como en la transformación de determinados contratos temporales en indefinidos. Asimismo, para poder acceder a los incentivos, las empresas deben cumplir con un seguido de requisitos:
- No haber sido inhabilitado.
- No haber sido excluido del acceso a las ayudas, subvenciones, bonificaciones y beneficios por infracciones graves o muy graves.
- Cumplir con las obligaciones tributarias.
- Contar con un plan de igualdad.
- Mantener el empleo durante 3 años desde el inicio del contrato.
En algunas CCAA todavía hay subvenciones y ayudas disponibles para autónomos, según recoge el portal Infoautónomos:
En Aragón, los autónomos o trabajadores por cuenta propia todavía están a tiempo, hasta el próximo 30 de octubre, para solicitar subvenciones para el fomento del relevo generacional; para favorecer la incorporación al negocio familiar: contratación del primer trabajador por cuenta ajena; subvención financiera; al establecimiento e incentivos a la consolidación de proyectos para favorecer el mantenimiento de la actividad.
En Castilla y León, los autónomos pueden solicitar las subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo hasta el próximo 16 de octubre. Pueden solicitar las subvenciones aquellas personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y cumplan los requisitos.
En Extremadura, los autónomos pueden solicitar subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo disponibles hasta el 14 de febrero de 2024. Las ayudas se dividen en 4 programas:
- Programa I: Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.
- Programa II: Ayudas a personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador.
- Programa III: Ayudas por el mantenimiento y modernización de la actividad de autoempleo, a personas trabajadoras autónomas que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I previstas en el Decreto 29/2021, de 21 de abril, o en el actual decreto de bases reguladoras.
- Programa IV: ayudas a personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
En Navarra, los autónomos pueden conseguir desde 2.000 euros en subvenciones para la promoción de empleo autónomo y que están dirigidas a personas desempleadas e inscritas (en situación de alta) en una de las Agencias del Servicio Navarro de Empleo – Nafar Lansare (SNE-NL) que se establezcan como autónomas. La convocatoria está abierta hasta el próximo 30 de noviembre.
El plazo de presentación de solicitudes es de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del Colegio profesional correspondiente.
Todas las altas en el RETA que se realicen en noviembre deberán presentarse como muy tarde el día 30 de ese mes. Las altas del día 30 de noviembre no serán atendidas con cargo a esta convocatoria.