Ayudas al alquiler: quienes pueden pedirlas en Castilla-la Mancha
La subvención impulsada por la comunidad autónoma tiene una duración máxima de dos años y cubre el 50% del precio del alquiler
Teniendo en cuenta la tendencia creciente que reflejan los precios del alquiler, especialmente en las grandes ciudades, no son pocos los inquilinos que se informan acerca de qué ayudas pueden solicitar para aliviar el impacto del desembolso en sus bolsillos.
Una de las comunidades autónomas que abrió una línea de subvenciones dirigidas a las personas titulares de un contrato de alquiler o cesión de uso de una vivienda o habitación es Castilla-la Mancha. La ayuda tiene una duración máxima de dos años y cubre el 50% del precio del alquiler.
Quién puede pedir la ayuda
Las personas que tengan una vivienda en propiedad, a no ser que acrediten su no disponibilidad, así como quienes tengan una relación de parentesco en primer o segundo grado con el casero o sean socios o partícipes de la parte arrendadora no podrán acceder a las ayudas.
Los interesados en cobrar la ayuda no pueden pagar más de 600 euros por el alquiler
Quienes estén interesados en solicitar la ayuda habrán de vivir de forma habitual y permanente en una vivienda situada en una localidad de la comunidad autónoma, tal y como recoge la página web del Gobierno de Castilla-la Mancha.
Para convertirse en beneficiarios de la ayuda, no podrán pagar más de 600 euros al mes por el alquiler de la vivienda, o bien, 900 euros en caso de familia numerosa o discapacidad. En el caso de las habitaciones, el precio máximo a desembolsar será de 300 euros al mes.
La renta anual de la unidad de convivencia, un importe que resulta de las rentas de todas las personas que tengan su domicilio en la vivienda, repartida en catorce pagas no podrá superar la cantidad equivalente a multiplicar por tres el Indicador de Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
No obstante, en el caso de las familias numerosas, personas con una discapacidad inferior al 33% o víctimas de terrorismo el límite está situado en cuatro veces el IPREM. De la misma manera, para las familias numerosas de categoría especial o una discapacidad superior al 33%, la cantidad equivale a cinco veces el IPREM.
Para solicitar la ayuda se debe presentar una solicitud, una copia del contrato y el certificado de empadronamiento
En relación con la documentación a presentar, de forma general, será necesario aportar la solicitud, una copia del contrato de alquiler y un volante o certificado de empadronamiento colectivo para viviendas, o individual, en el caso de la habitación.
En algunos casos específicos también será indispensable presentar:
- Acreditación de la representación en caso de solicitar la ayuda a través de un representante.
- Si el contrato está suscrito por varias personas, documento acreditativo de los compromisos de pago asumidos por cada una de ellas.
- Certificado de discapacidad (si es igual o superior al 33% bastará con autorizar la consulta en el formulario de solicitud).
- En caso de tener una vivienda, justificar las causas que le impiden disponer de ella.
- En caso de no estar obligado a presentar declaración del impuesto de la renta de las personas físicas, deberá aportarse certificado negativo de renta expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y declaración responsable en la que conste la cuantía percibida por cada una de las personas de la unidad de convivencia en esta situación.
- Acreditación de los requisitos de las personas con residencia en la vivienda objeto del contrato.
Cómo solicitar la ayuda
Una de las vías para tramitar la ayuda es la telemática, a través de la sede electrónica, utilizando un certificado digital o el sistema Cl@ve Firma. Sin embargo, también se puede presentar la solicitud en las oficinas de registro de la Junta de Castilla-La Mancha, pero también en las oficinas de Correos, oficinas de asistencia en materia de registro o representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Ayudas de alquiler en el resto de comunidades
Estas son las ayudas al alquiler que se pueden solicitar en el resto de comunidades: